Proyecto de Ley 115.

Enviado a subcomisión para analisis

Que fomenta la asociacion de los productores agropecuarios en panama a por medio del cooperativismo

  • TipoProyecto de ley
  • 115
  • Presentación4 de julio de 2024

Resumen.

El proyecto tiene por objeto asociar a los productores agropecuarios de Panamá, principalmente mediante el cooperativismo, para fortalecer su capacidad productiva, competitiva y empresarial. Define el sector agropecuario, al pequeño productor agropecuario, el cooperativismo agropecuario y la cooperativa agropecuaria. El Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), en coordinación con el Instituto Panameño de Cooperativismo (IP ACOOP) y otras entidades competentes, formularía e implementaría una Estrategia Nacional de Fomento al Cooperativismo Agropecuario. Esta abarcaría la promoción del modelo cooperativo, la gestión de las cooperativas, el acceso a crédito, asistencia técnica y mercados, y la investigación y transferencia de tecnología. El MIDA y el IP ACOOP implementarían programas de capacitación, apoyo a planes de negocios y proyectos productivos, financiamiento para infraestructura, equipamiento y capital de trabajo, y vinculación con mercados nacionales e internacionales.

Las cooperativas agropecuarias quedarían exentas del impuesto sobre la renta durante los primeros cinco años de su constitución y tendrían derecho a una deducción por inversiones en infraestructura, equipamiento y capital de trabajo. El IPACOOP simplificaría, junto con las entidades competentes, los trámites de constitución y funcionamiento. El texto contempla reducir cargas administrativas, facilitar el acceso a apoyos, emplear plataformas digitales, brindar orientación a los productores y coordinar requisitos con el Registro Público, la Autoridad Nacional de Ingresos Públicos y los gobiernos locales. Además, dispone desarrollar una plataforma para presentar y seguir solicitudes, difundir una guía de trámites, establecer una ventanilla única, capacitar a pequeños productores y revisar formularios y documentos. Podrían otorgarse exenciones temporales de requisitos cuando faciliten el inicio y la operación de las cooperativas. También se prevé un mecanismo de evaluación y mejora de los procedimientos.

Se crearía el Consejo Nacional de Cooperativismo Agropecuario, con representantes del MIDA, el IPACOOP, las cooperativas, las organizaciones de productores, el sector académico y el sector privado. Lo presidiría el representante del Ministerio de Desarrollo Agropecuario. El Consejo asesoraría sobre la Estrategia, propondría políticas, evaluaría su ejecución, coordinaría a los participantes, promovería capacitación e investigación, identificaría barreras y elaboraría informes anuales. Decidiría por mayoría simple de los presentes, con voto de calidad de su presidente en caso de empate. Se reuniría ordinariamente una vez cada trimestre y extraordinariamente por convocatoria de su presidente o solicitud de al menos tres miembros; necesitaría la presencia de al menos la mitad más uno para sesionar válidamente. Podría crear comités técnicos. Su funcionamiento se financiaría con recursos del MIDA y el IP ACOOP, aportes de productores y cooperativas, cooperación internacional y donaciones. Publicaría un informe anual sobre actividades, decisiones y uso de recursos, y promovería consultas públicas y talleres con pequeños productores.

El Estado, mediante el MIDA y el IP ACOOP, promovería cuartos fríos en las cooperativas para conservar productos perecederos. Ambas entidades establecerían un programa de subsidios, préstamos con tasas preferenciales, asistencia técnica y capacitación para construirlos, equiparlos y operarlos. Las cooperativas que los instalaran quedarían exentas del impuesto sobre la renta durante diez años desde el inicio de operaciones de esas instalaciones y podrían deducir las inversiones correspondientes. El IPACOOP y la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO) establecerían controles contra la especulación y el acaparamiento por revendedores, incluidas regulaciones de precios, inspecciones, auditorías, multas y revocación de beneficios fiscales. Los pequeños productores tendrían acceso prioritario al financiamiento y apoyo, según criterios de vulnerabilidad y necesidades. El Órgano Ejecutivo reglamentaría la materia en tres (3) meses desde la promulgación; la ley propuesta regiría al día siguiente de esta.

Por su contenido, el proyecto relaciona al Ministerio de Desarrollo Agropecuario, el Instituto Panameño de Cooperativismo, el Consejo Nacional de Cooperativismo Agropecuario, el Registro Público, la Autoridad Nacional de Ingresos Públicos, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia y el Órgano Ejecutivo. Alcanzaría a productores y cooperativas agropecuarias de Panamá e interesaría a organizaciones de productores, revendedores, entidades de financiamiento, proveedores de refrigeración, mercados agroalimentarios, el sector académico y el sector privado.

Qué propone.

  • Asociación y cooperativismo de productores agropecuarios.
  • Apoyo, trámites e incentivos fiscales para cooperativas agropecuarias.
  • Conservación y comercialización de productos perecederos.

A quién afectaría.

  • Productores agropecuarios, en particular pequeños productores.
  • Cooperativas agropecuarias y organizaciones de productores.
  • Revendedores de productos perecederos.
  • Entidades públicas encargadas de los programas y controles propuestos.

Puntos clave.

  1. El MIDA y el IP ACOOP formularían una estrategia de fomento cooperativo y ejecutarían programas de capacitación, asistencia técnica, financiamiento y acceso a mercados.Arts. 3-4
  2. Se proponen una exención del impuesto sobre la renta durante los primeros cinco años de constitución de las cooperativas y una deducción por determinadas inversiones.Art. 5
  3. El IPACOOP simplificaría los trámites cooperativos mediante herramientas digitales, una guía, una ventanilla única, coordinación institucional y posibles exenciones temporales de requisitos.Arts. 6-7
  4. Se crearía el Consejo Nacional de Cooperativismo Agropecuario para asesorar, coordinar, evaluar la Estrategia y promover capacitación, investigación y participación de productores.Arts. 8-16
  5. El MIDA y el IP ACOOP promoverían cuartos fríos y un programa de subsidios, préstamos, asistencia técnica y capacitación para las cooperativas.Arts. 17-18
  6. Las cooperativas que instalen cuartos fríos recibirían una exención del impuesto sobre la renta durante diez años desde el inicio de operaciones de las instalaciones y podrían deducir las inversiones correspondientes.Art. 19
  7. El IPACOOP y la ACODECO establecerían controles de precios, inspecciones, auditorías y sanciones contra la especulación y el acaparamiento; los pequeños productores tendrían acceso prioritario a los apoyos para cuartos fríos.Arts. 20-21
  8. El Órgano Ejecutivo reglamentaría la materia en tres (3) meses desde la promulgación, y la ley propuesta comenzaría a regir al día siguiente.Arts. 22-23