Proyecto de Ley 74.

Segundo Debate

Ley integral de la industria de los deportes electronicos (esports)

  • TipoProyecto de ley
  • 74
  • Presentación24 de julio de 2024

Resumen.

El proyecto establece un marco para fomentar y regular los deportes electrónicos como actividad deportiva en la República de Panamá. Define a los participantes y operadores del sector, incluidos jugadores, jugadores profesionales, promotores, patrocinadores, editores de videojuegos, plataformas de distribución y creadores de transmisiones en directo. Exige que los videojuegos utilizados en competencias permitan competir en igualdad de condiciones, sin ventajas competitivas obtenidas mediante pagos. Dispone que la práctica sea libre y accesible, y reconoce las habilidades estratégicas, la coordinación, el entrenamiento y el esfuerzo físico o mental que puede requerir.

El Instituto Panameño de Deportes reconocería las modalidades de juegos electrónicos de carácter deportivo, promovería federaciones, asociaciones y organizaciones vinculadas a ellas, y les otorgaría reconocimiento de personería jurídica. El proyecto excluye del reconocimiento deportivo las modalidades violentas o que inciten a la violencia. Exige juego limpio y somete las prácticas reconocidas a la Ley 16 de 1995, Ley General de Deporte y Recreación, y a las demás normas deportivas de Panamá. También atribuye al Instituto Panameño de Deportes el reconocimiento de federaciones y asociaciones, la coordinación de la preparación de atletas de alto rendimiento y la supervisión de la participación de los deportes electrónicos en el Sistema Nacional de Deporte. Las competencias tendrían que cumplir sus reglas de transparencia, justicia y seguridad.

Para los menores de edad, el proyecto prevé regulaciones de protección y prohíbe que las personas menores de dieciséis (16) años participen en competencias profesionales. Quienes alcancen la edad mínima y sigan siendo menores necesitarían consentimiento expreso y escrito de sus progenitores o representantes legales. El Instituto Panameño de Deportes y el Ministerio de Salud fijarían límites a la práctica para menores de 18 años y determinarían los tipos de videojuegos apropiados, en coordinación con especialistas en salud mental y desarrollo infantil. Las competencias con menores requerirían mecanismos de supervisión y protección de su bienestar mental. Se crearían programas informativos para padres y tutores, mientras que los organizadores tendrían que ofrecer apoyo para la salud física y mental y medidas contra el acoso, la explotación y otras formas de abuso.

El proyecto fomenta ligas y torneos nacionales y la participación internacional de equipos panameños, en colaboración con organizaciones reconocidas por el Instituto Panameño de Deportes y el Comité Olímpico de Panamá cuando corresponda. Encarga a la Autoridad de Turismo de Panamá campañas internacionales para atraer eventos; al Instituto Panameño de Deportes, actividades, acuerdos y planes de práctica responsable e inclusiva; y a este instituto y la Autoridad de Innovación Gubernamental, iniciativas sobre software, hardware, videojuegos y tecnologías. El Órgano Ejecutivo reglamentaría la ley por medio del instituto en un plazo no mayor a seis (6) meses desde su promulgación. La entrada en vigor se fija en la promulgación. Por su contenido, la propuesta concierne a esas entidades públicas, al Comité Olímpico de Panamá y a los sectores deportivo, tecnológico, turístico y de organización de competencias.

Qué propone.

  • Reconocimiento y supervisión de los deportes electrónicos.
  • Condiciones de las competencias y protección de menores de edad.
  • Promoción de ligas, eventos y tecnologías para los deportes electrónicos.

A quién afectaría.

  • Jugadores y equipos de deportes electrónicos.
  • Federaciones, asociaciones y organizadores de competencias.
  • Menores de edad participantes y sus progenitores o representantes legales.
  • Editores de videojuegos, patrocinadores y plataformas de distribución.

Puntos clave.

  1. Define a los actores del sector y exige que los videojuegos de competición no permitan comprar ventajas competitivas.Art. 2
  2. El Instituto Panameño de Deportes reconocería modalidades y organizaciones deportivas; quedan excluidas las modalidades violentas o que inciten a la violencia.Arts. 5-6
  3. Las competencias tendrían que cumplir las normas del Instituto Panameño de Deportes sobre transparencia, justicia y seguridad.Art. 7
  4. Se prohíbe la participación profesional de menores de dieciséis (16) años y se exige consentimiento escrito para los demás participantes menores de edad.Art. 9
  5. El Instituto Panameño de Deportes y el Ministerio de Salud establecerían límites de práctica y tipos de videojuegos apropiados para menores de 18 años.Art. 10
  6. Los organizadores tendrían que ofrecer apoyo para la salud física y mental de los menores y protegerlos del acoso, la explotación y otros abusos.Art. 13
  7. Se promoverían ligas y torneos nacionales, la participación internacional de equipos panameños y campañas para atraer eventos a Panamá.Arts. 14-15
  8. El Órgano Ejecutivo reglamentaría la ley en un plazo no mayor a seis (6) meses desde su promulgación; la vigencia comenzaría con la promulgación.Arts. 19-20