Proyecto de Ley 22.

Retirado por proponente

Que crea el programa interinstitucional minsa-css, para la implementacion de convenios estrategicos que optimicen la obtencion de diagnosticos y tratamientos medicos tempranos y oportunos a nivel nacional

  • TipoProyecto de ley
  • 22
  • Presentación24 de julio de 2024

Resumen.

El proyecto propone crear el Programa Interinstitucional MINSA-CSS para facilitar diagnósticos médicos tempranos y tratamientos oportunos a la población que acude a centros de atención primaria a nivel nacional. Sitúa la prevención secundaria de enfermedades como objetivo del programa, con el propósito de evitar consecuencias graves y fatales. También enuncia el derecho de todos los ciudadanos dentro del territorio de la República de Panamá a la salud y a una atención médica digna y oportuna, y dispone que el Estado garantice los mecanismos, programas y facilidades necesarios para procurarla.

Para ponerlo en marcha, el proyecto prevé convenios de compensación económica y de coordinación de infraestructura, personal y logística entre el Ministerio de Salud y la Caja de Seguro Social. El programa incorporaría la infraestructura existente y futura, el personal médico y las herramientas tecnológicas de la Ciudad de la Salud y de otros centros de atención de ambas entidades. Plantea ampliar la oferta de recurso humano y aprovechar las horas disponibles de los siete (7) días de la semana para diagnóstico, seguimiento y entrega de resultados. Ambas instituciones establecerían, impulsarían y ejecutarían conjuntamente los convenios y las adecuaciones necesarias para utilizar sus recursos. El Órgano Ejecutivo, por medio del Ministerio de Salud y la Caja del Seguro Social, asignaría los recursos necesarios dentro del presupuesto del Estado.

El proyecto asigna un equipo especializado a la Ciudad de la Salud y a cada centro de atención primaria y secundaria del país. Esos equipos coordinarían los servicios de diagnóstico y tratamiento requeridos en cada provincia de la República de Panamá mediante la administración por proceso de enfermedad. Para los diagnósticos que requieran tratamiento especializado o quirúrgico, la coordinación abarcaría el acceso a infraestructura, tecnología y personal médico de la Ciudad de la Salud y de otros centros disponibles a nivel nacional. El modelo comenzaría antes del diagnóstico y comprendería una secuencia de actividades médicas y administrativas, un método y protocolo de procedimientos, un plan de atención, seguimiento y control de calidad, y metas para cada enfermedad diagnosticada.

Las autoridades del MINSA y la Caja de Seguro Social evaluarían las actuaciones y resultados del programa mediante el tiempo de espera contado desde la presentación de la orden médica, que no debería exceder los 15 días calendario. Los informes y resultados se entregarían a los pacientes y se remitirían inmediatamente al médico referente o especialista, para alcanzar un diagnóstico definitivo en un tiempo no mayor de 7 días calendario. El programa incorporaría telemedicina, expediente electrónico, recetas y órdenes médicas electrónicas y otras herramientas tecnológicas. El Ministerio de Salud planificaría, ejecutaría, implementaría y aplicaría la ley propuesta; el Órgano Ejecutivo la reglamentaría. Su entrada en vigor sería el día siguiente al de su promulgación.

El contenido relaciona al Ministerio de Salud, la Caja de Seguro Social, la Caja del Seguro Social, el MINSA y el Órgano Ejecutivo, e interesa a pacientes, profesionales de la salud y centros de atención primaria y secundaria de la República de Panamá.

Qué propone.

  • Coordinación interinstitucional de diagnósticos y tratamientos médicos.
  • Uso compartido de infraestructura, personal y tecnología sanitaria.
  • Administración de la atención por proceso de enfermedad.
  • Tiempos de espera y entrega de resultados médicos.

A quién afectaría.

  • Ciudadanos que reciben atención médica en la República de Panamá.
  • Ministerio de Salud y Caja de Seguro Social.
  • Centros de atención primaria y secundaria y sus equipos médicos.

Puntos clave.

  1. Propone crear el Programa Interinstitucional MINSA-CSS para favorecer diagnósticos tempranos y tratamientos oportunos de pacientes de atención primaria.Art. 1
  2. Dispone que el Estado garantice mecanismos, programas y facilidades para procurar atención médica digna y oportuna a los ciudadanos.Art. 2
  3. Prevé convenios entre las instituciones para coordinar compensación económica, infraestructura, personal y logística, con recursos de la Ciudad de la Salud y otros centros.Arts. 3-4
  4. Prevé recursos dentro del presupuesto del Estado y equipos especializados en la Ciudad de la Salud y en centros de atención primaria y secundaria.Arts. 5-6
  5. Establece la administración por proceso de enfermedad, desde antes del diagnóstico hasta el tratamiento especializado o quirúrgico, con protocolos, seguimiento y control de calidad.Arts. 7-8
  6. Fija como parámetro de evaluación una espera que no exceda los 15 días calendario desde la presentación de la orden médica y prevé un diagnóstico definitivo en un tiempo no mayor de 7 días calendario mediante la entrega y remisión de resultados.Arts. 9-10
  7. Incorpora telemedicina, expediente electrónico, recetas y órdenes médicas electrónicas; encarga la aplicación al Ministerio de Salud y la reglamentación al Órgano Ejecutivo.Arts. 11-13
  8. Dispone la entrada en vigor el día siguiente al de la promulgación.Art. 14