Proyecto de Ley 223.

Primer Debate

Que crea un programa especial de asistencia integral domiciliaria del adulto mayor con discapacidad, en condicion de dependencia y dicta otras disposiciones

  • TipoProyecto de ley
  • 223
  • Presentación30 de julio de 2024

Resumen.

El proyecto crea el Programa Especial de Asistencia Integral Domiciliaria del Adulto Mayor con Discapacidad y en Condición de Dependencia para brindar atención integral a personas adultas mayores. Entre sus objetivos figuran el seguimiento en el domicilio por un equipo interdisciplinario; la prestación de servicios médicos y terapéuticos, medicamentos y atención domiciliaria; el entrenamiento del cuidador o familiar responsable; y la asistencia médica y psicológica para esa persona. Define la atención domiciliaria como asistencia programada que lleva apoyo y cuidados biopsicosociales al domicilio de quienes han perdido autonomía para las actividades básicas de la vida diaria. También define discapacidad, calidad de vida y equipo interdisciplinario.

El Programa contaría con profesionales de trabajo social, desarrollo comunitario, psicología, medicina general y especializada, enfermería y terapia física, así como con otro personal vinculado a la atención domiciliaria. Estaría adscrito al Ministerio de Desarrollo Social por medio del Instituto Nacional del Adulto Mayor, al que se atribuye la coordinación de los programas dirigidos a esta población. El Ministerio de Desarrollo Social, a través del Instituto de Adulto Mayor, solicitaría la colaboración de las instituciones públicas de salud para ofrecer los servicios. La atención comprendería visitas domiciliarias programadas, servicios médicos, psicológicos y terapéuticos, medicamentos e insumos. Incluiría entrenamiento para cuidadores o familiares en el manejo y la atención de las personas atendidas, además de evaluaciones médicas y psicológicas periódicas de quienes ejercen ese cuidado.

Para ingresar al Programa, la persona adulta mayor tendría que ser panameña, tener una discapacidad en condición de dependencia y presentar el formulario de inscripción, copia de su cédula, diagnóstico de una institución pública de salud y copia de la cédula del cuidador o responsable. El Ministerio de Desarrollo Social y la Secretaria Nacional de Discapacidad elaborarían una base de datos con información técnica de las personas atendidas y de sus cuidadores o familiares, destinada al registro de la evaluación y el seguimiento. El Ministerio de Desarrollo Social, por medio del Instituto del Adulto Mayor, tramitaría la inscripción; el cuidador o familiar responsable acudiría a sus instalaciones para completar el formulario y adjuntar los requisitos. Tras el ingreso, recibiría entrenamiento y capacitación.

El Órgano Ejecutivo incluiría en el Presupuesto General del Estado las partidas para financiar el Programa. El cuidador o familiar responsable recibiría los mismos descuentos que las personas de la tercera edad. El proyecto modifica el artículo 23 de la Ley 36 de 2016, identificada también como Ley 36 del 2 de agosto de 2016, para incluir entre las funciones del Instituto Nacional del Adulto Mayor la organización, dirección e implementación del Programa. El artículo reformado también recoge funciones relativas a servicios sociales, asistencia, capacitación, centros y programas de atención, con autorización previa del Ministerio de Salud para su funcionamiento. El proyecto comenzaría a regir al día siguiente de su promulgación. Su contenido relaciona al Ministerio de Desarrollo Social, al Instituto Nacional del Adulto Mayor, a la Secretaria Nacional de Discapacidad, al Ministerio de Salud y a las instituciones públicas de salud; podría interesar a los servicios sanitarios y de cuidado, a las personas adultas mayores con discapacidad y dependencia y a sus cuidadores y familias.

Qué propone.

  • Asistencia integral domiciliaria a personas adultas mayores con discapacidad y dependencia.
  • Ingreso, registro y seguimiento de las personas atendidas.
  • Servicios y capacitación para cuidadores o familiares responsables.
  • Funciones institucionales y financiamiento del Programa.

A quién afectaría.

  • Personas adultas mayores panameñas con discapacidad y en condición de dependencia.
  • Cuidadores o familiares responsables.
  • Instituciones públicas encargadas de coordinar y prestar la atención.

Puntos clave.

  1. Crea un Programa de asistencia integral domiciliaria para personas adultas mayores con discapacidad y dependencia.Arts. 1-4
  2. Adscribe el Programa al Ministerio de Desarrollo Social por medio del Instituto Nacional del Adulto Mayor y prevé la colaboración de instituciones públicas de salud.Arts. 5-6
  3. Dispone visitas programadas con servicios médicos, psicológicos y terapéuticos, medicamentos e insumos, además de capacitación y evaluaciones para cuidadores o familiares.Art. 7
  4. Exige nacionalidad panameña, discapacidad en condición de dependencia, formulario, documentos de identidad y diagnóstico de una institución pública de salud para el ingreso.Art. 8
  5. Establece una base de datos para el registro y seguimiento, el trámite presencial de inscripción y la capacitación posterior del cuidador o familiar.Arts. 9-11
  6. Prevé partidas en el Presupuesto General del Estado y extiende al cuidador o familiar responsable los descuentos de las personas de la tercera edad.Arts. 12-13
  7. Modifica el artículo 23 de la Ley 36 de 2016 para atribuir al Instituto Nacional del Adulto Mayor la organización, dirección e implementación del Programa.Arts. 14-15
  8. Dispone que la ley comenzaría a regir al día siguiente de su promulgación.Art. 16