Proyecto de Ley 101.

Segundo Debate

Que establece el programa de educacion fiscal en la republica de panama

  • TipoProyecto de ley
  • 101
  • Presentación13 de agosto de 2024

Resumen.

El proyecto crea el Programa de Educación Fiscal en la República de Panamá y encarga su implementación a la Dirección General de Ingresos en colaboración con el Ministerio de Educación. Lo define como un proceso de enseñanza y aprendizaje orientado a crear conciencia ciudadana sobre la importancia social del tributo, promover la rendición de cuentas y buscar el bien colectivo. Dispone actividades de educación formal en todos los niveles educativos, entre ellas seminarios, talleres, publicaciones, programas escolares y asistencia directa a los contribuyentes. La Dirección General de Ingresos, junto con el Ministerio de Educación, debe monitorear y evaluar regularmente el programa y publicar cada año sus resultados para consulta pública.

Ambas instituciones pueden colaborar con entidades gubernamentales, organizaciones no gubernamentales, instituciones educativas y otras partes interesadas. El proyecto las autoriza a emitir regulaciones y directrices de implementación. Encarga al Ministerio de Educación, con apoyo de la Dirección General de Ingresos, diseñar la estructura curricular y los materiales didácticos para incorporar la educación fiscal en la totalidad del sistema educativo nacional. El programa debe abordar los problemas fiscales y sociales mediante iniciativas de educación no formal e informal y proponer actividades lúdicas que fomenten la transparencia y el acceso a la información pública. Bajo la coordinación del Ministerio de Educación, se programa la formación docente para los niveles preescolar, básico, medio y superior.

La formación en línea figura como estrategia de enseñanza y aprendizaje mediante cursos, seminarios web, videos, juegos interactivos y otros recursos digitales. La Dirección General de Ingresos y el Ministerio de Educación deben desarrollar y mantener una plataforma accesible a educandos, docentes y ciudadanos. El proyecto propone Núcleos de Apoyo Contable y Fiscal en universidades, donde estudiantes universitarios asesorarían a micro, pequeñas y medianas empresas sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. La Dirección General de Ingresos coordinaría estos núcleos con las universidades participantes, mientras los estudiantes recibirían formación y supervisión tributaria y contable.

También dispone estrategias de comunicación en los medios y canales que defina la Dirección General de Ingresos y espacios virtuales de ambas instituciones para informar sobre los objetivos del programa. El Ministerio de Economía y Finanzas debe asignar y proporcionar a la Dirección General de Ingresos presupuesto para logística, espacios, capacitación, núcleos de apoyo y otros gastos de funcionamiento y divulgación. La Dirección General de Ingresos debe administrar y ejecutar esos recursos y rendir cuentas sobre su uso. La entrada en vigor se fija para el año fiscal siguiente al de la promulgación.

El contenido relaciona a la Dirección General de Ingresos, el Ministerio de Educación y el Ministerio de Economía y Finanzas con universidades, centros educativos oficiales y particulares, docentes, estudiantes, contribuyentes, organizaciones colaboradoras y micro, pequeñas y medianas empresas de la República de Panamá.

Qué propone.

  • Creación e implementación del Programa de Educación Fiscal.
  • Incorporación curricular, formación docente y educación fiscal en línea.
  • Asesoría tributaria universitaria y financiación del programa.

A quién afectaría.

  • Instituciones encargadas de implementar y financiar el programa.
  • Centros educativos, universidades, docentes y estudiantes.
  • Contribuyentes y ciudadanía.
  • Micro, pequeñas y medianas empresas que reciban asesoría.

Puntos clave.

  1. Crea el Programa de Educación Fiscal y define sus fines de enseñanza, conciencia tributaria y rendición de cuentas.Arts. 1-2
  2. Prevé actividades en todos los niveles educativos, evaluación regular y publicación anual de resultados.Arts. 3-4
  3. Permite la colaboración con otras entidades y autoriza regulaciones y directrices para implementar el programa.Arts. 5-6
  4. Dispone contenidos curriculares, educación no formal e informal, actividades lúdicas y formación docente.Arts. 7-10
  5. Incluye formación en línea y una plataforma de recursos para educandos, docentes y ciudadanos.Arts. 11-12
  6. Propone núcleos universitarios donde estudiantes formados y supervisados asesorarían tributariamente a micro, pequeñas y medianas empresas.Arts. 13-14
  7. Ordena divulgar el programa, informar sobre sus objetivos y asignar, administrar y rendir cuentas de sus recursos.Arts. 15-18
  8. Fija la entrada en vigor para el año fiscal siguiente al de la promulgación.Art. 19