Resumen.
El proyecto tiene como objetivo limitar la participación de personas vinculadas a la función pública o a la dirección de partidos políticos en la conducción de organizaciones deportivas. También plantea fortalecer la rendición de cuentas sobre los recursos estatales administrados por federaciones deportivas. Entre sus objetivos específicos figuran prevenir la influencia de intereses políticos en sus decisiones, establecer mecanismos obligatorios de información y auditoría externa independiente para las federaciones que reciban fondos estatales, y definir responsabilidades y medidas éticas para su gestión.
El texto incluye entre sus objetivos la continuidad de las políticas públicas deportivas a lo largo de los ciclos de administración. Asimismo, propone promover el acceso equitativo de los ciudadanos a las actividades deportivas y recreativas, con independencia de su afiliación política. Estos propósitos acompañan las prohibiciones y obligaciones que el proyecto desarrolla en los artículos siguientes para la dirección de organizaciones deportivas y la administración de financiamiento público.
El proyecto prohíbe a los funcionarios públicos, a sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y a los dirigentes de partidos políticos ocupar cargos de dirección, administración o cualquier otro puesto de decisión en las federaciones deportivas y culturales del país. La prohibición se extiende a las ligas provinciales, los clubes y sus respectivas juntas directivas.
Las federaciones deportivas que reciban recursos del Estado tendrían que presentar, dentro de los primeros tres meses del año, un informe de gestión, una auditoría externa independiente y un informe contable. La entidad deportiva gubernamental correspondiente publicaría esos documentos en su página web, donde quedarían sujetos a revisión pública. La obligación vincula la recepción de recursos estatales con la presentación periódica de información sobre la gestión y las cuentas de las federaciones.
El incumplimiento de las disposiciones propuestas daría lugar a sanciones que incluyen la inhabilitación para ocupar cargos en federaciones deportivas y culturales y multas administrativas determinadas por la entidad reguladora correspondiente. Si una entidad no presenta los informes contables y las auditorías, el Estado no podría desembolsarle fondos hasta que entregue esos documentos. Además, las federaciones deportivas tendrían que implementar programas de capacitación y formación continua para sus directivos y empleados sobre ética, transparencia y gestión financiera, bajo la supervisión de la entidad gubernamental correspondiente.
El proyecto encarga al Órgano Ejecutivo su reglamentación y dispone que comenzaría a regir el día siguiente a su promulgación en Gaceta Oficial. Su contenido se relaciona con el Órgano Ejecutivo, el Estado, la entidad deportiva gubernamental y la entidad reguladora correspondientes, así como con las federaciones deportivas y culturales, las ligas provinciales, los clubes, sus directivos y empleados, los funcionarios públicos y sus familiares, los dirigentes de partidos políticos y las personas que participan en actividades deportivas y recreativas.
Qué propone.
- Acceso a puestos de decisión en organizaciones deportivas y culturales.
- Rendición de cuentas de federaciones deportivas financiadas por el Estado.
- Sanciones y condiciones para el desembolso de fondos estatales.
- Capacitación de directivos y empleados de federaciones deportivas.
A quién afectaría.
- Funcionarios públicos, sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y dirigentes de partidos políticos.
- Federaciones deportivas y culturales, ligas provinciales y clubes.
- Federaciones deportivas que reciben recursos del Estado.
- Directivos y empleados de federaciones deportivas.
Puntos clave.
- El proyecto fija objetivos de transparencia, rendición de cuentas, continuidad de políticas deportivas y acceso equitativo al deporte.Arts. 1-2
- Prohíbe a funcionarios públicos, familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y dirigentes de partidos políticos ocupar puestos de decisión en federaciones deportivas y culturales, ligas provinciales y clubes.Art. 3
- Exige a las federaciones deportivas que reciban recursos estatales presentar un informe de gestión, una auditoría externa independiente y un informe contable dentro de los primeros tres meses del año.Art. 4
- Dispone que la entidad deportiva gubernamental correspondiente publique los informes en su página web para revisión pública.Art. 4
- Prevé inhabilitación para ocupar cargos y multas administrativas por incumplimiento, y suspende los desembolsos estatales hasta que se presenten los informes contables y las auditorías.Art. 5
- Obliga a las federaciones deportivas a capacitar de forma continua a sus directivos y empleados en ética, transparencia y gestión financiera, bajo supervisión gubernamental.Art. 6
- Encarga la reglamentación al Órgano Ejecutivo y fija la entrada en vigor para el día siguiente a la promulgación en Gaceta Oficial.Arts. 7-8