Proyecto de Ley 174.

Ley

Que adiciona un articulo al codigo penal

  • TipoProyecto de ley
  • 174
  • Presentación14 de enero de 2025

Resumen.

El proyecto propone modificar el artículo 115 del Código Penal, relativo a la extinción de la pena. El artículo reformado enumera como causas de extinción la muerte del sentenciado, el cumplimiento de la pena, el perdón de la víctima en los casos autorizados por la ley, el indulto, la amnistía, la prescripción, la rehabilitación y los demás supuestos que establezca la ley. La propuesta desarrolla, dentro de ese mismo artículo, los delitos para los que podría operar el perdón de la víctima como causa de extinción de la pena.

En primer lugar, incluye el homicidio culposo, las lesiones personales y las lesiones culposas. También comprende el hurto, la apropiación indebida, la estafa y otros fraudes, la usurpación, los daños y los delitos cometidos con cheque. La enumeración incorpora asimismo el incumplimiento de deberes familiares. En cada uno de estos supuestos, la disposición sitúa el perdón de la víctima en la fase de extinción de la pena, conforme al alcance que atribuye al artículo 115 reformado.

El proyecto añade a esa relación la evasión de cuotas y la retención indebida, siempre que no afecten bienes del Estado. Incluye además los delitos contra la propiedad intelectual que no causen peligro a la salud pública; la calumnia y la injuria; la inviolabilidad del domicilio y la inviolabilidad del secreto; y la falsificación de documentos en perjuicio de particulares. Las condiciones relativas a los bienes del Estado, la salud pública y el perjuicio de particulares forman parte de la delimitación de los delitos descritos en la propuesta.

La modificación establece una exclusión expresa: en los delitos contra la libertad e integridad sexual, el perdón de la víctima no procedería como causa de extinción de la pena. Para la admisión del perdón en los delitos comprendidos en la enumeración, el proyecto ordena aplicar las mismas condiciones previstas en el artículo 202 del Código Procesal Penal para el desistimiento de la pretensión punitiva. Esa remisión conecta el trámite de admisión del perdón con las condiciones de dicha disposición procesal.

El artículo 2 identifica la reforma como una modificación del artículo 115 del Código Penal. El artículo 3 dispone que la ley comenzaría a regir a partir de su promulgación. Por su contenido, la propuesta se relaciona con la administración de justicia penal y con las víctimas y personas sentenciadas en los delitos enumerados. Las normas públicas vinculadas son el Código Penal, cuyo artículo se modifica, y el Código Procesal Penal, al que se remite para las condiciones de admisión del perdón; los ámbitos sociales comprendidos incluyen las relaciones familiares, patrimoniales y de propiedad intelectual descritas en el articulado.

Qué propone.

  • Causas de extinción de la pena.
  • Delitos en los que procedería el perdón de la víctima.
  • Condiciones para admitir el perdón y exclusión de delitos sexuales.

A quién afectaría.

  • Víctimas de los delitos enumerados.
  • Personas sentenciadas por los delitos enumerados.
  • Autoridades que decidan sobre la extinción de la pena.

Puntos clave.

  1. El artículo 115 reformado enumera las causas de extinción de la pena, incluido el perdón de la víctima en los casos autorizados por la ley.Art. 1
  2. El perdón de la víctima podría extinguir la pena por homicidio culposo, lesiones personales y lesiones culposas.Art. 1
  3. La enumeración comprende hurto, apropiación indebida, estafa y otros fraudes, usurpación, daños, delitos cometidos con cheque e incumplimiento de deberes familiares.Art. 1
  4. La evasión de cuotas y la retención indebida se incluyen siempre que no afecten bienes del Estado; los delitos contra la propiedad intelectual se incluyen si no causan peligro a la salud pública.Art. 1
  5. También se enumeran la calumnia, la injuria, la inviolabilidad del domicilio y del secreto, y la falsificación de documentos en perjuicio de particulares.Art. 1
  6. El perdón de la víctima queda excluido como causa de extinción de la pena en los delitos contra la libertad e integridad sexual.Art. 1
  7. La admisión del perdón se sujeta a las condiciones del artículo 202 del Código Procesal Penal para el desistimiento de la pretensión punitiva.Art. 1
  8. El proyecto identifica la modificación del artículo 115 del Código Penal y dispone la entrada en vigor a partir de la promulgación.Arts. 2-3