Resumen.
El proyecto establece como objeto la prohibición gradual, en todo el territorio nacional de Panamá, del uso de contenedores hechos con poliestireno expandido, conocido como foam, cuando se destinan a envases alimentarios. La medida se refiere a los recipientes utilizados para contener alimentos y plantea su sustitución progresiva por materiales distintos. Su alcance territorial comprende el país y su objeto específico son los contenedores de foam para alimentos.
Para efectuar esa sustitución, el proyecto concede a todas las empresas involucradas un plazo máximo de un año contado desde su entrada en vigor. Durante ese período, las empresas adoptarían las medidas necesarias para reemplazar los contenedores actuales con alternativas biodegradables o compostables. Entre las alternativas aceptables, el articulado menciona los materiales biodegradables certificados y los materiales compostables conforme a estándares internacionales reconocidos. La disposición vincula así el reemplazo de los recipientes con las características de los materiales que se utilizarían para envasar alimentos.
El Ministerio de Ambiente y el Ministerio de Salud quedarían a cargo de monitorear el cumplimiento durante el período transitorio. El proyecto dispone inspecciones periódicas en establecimientos comerciales donde se vendan alimentos empaquetados. Estas inspecciones se relacionan con la sustitución de los contenedores de foam y con las medidas que las empresas involucradas adoptarían dentro del plazo previsto. El seguimiento se asigna conjuntamente a las autoridades ambientales y sanitarias mencionadas en el articulado.
El incumplimiento de la ley propuesta se sancionaría conforme a las leyes vigentes sobre protección ambiental y salud pública. El proyecto también prevé campañas educativas dirigidas al público general sobre los riesgos asociados al uso del foam alimentario. Esas campañas incentivarían prácticas más sostenibles entre consumidores y productores locales. De ese modo, el articulado combina el reemplazo de los envases, la vigilancia en los establecimientos comerciales y la información al público sobre el uso de este material en alimentos.
La disposición final establece que la ley propuesta comenzaría a regir al día siguiente de su promulgación. A partir de esa entrada en vigor se contaría el plazo máximo de un año para que las empresas involucradas sustituyan los contenedores. El contenido se relaciona con las funciones de supervisión del Ministerio de Ambiente y del Ministerio de Salud y podría interesar o afectar a las empresas que utilizan envases alimentarios, los establecimientos que venden alimentos empaquetados, los productores locales y los consumidores en Panamá.
Qué propone.
- Prohibición gradual de contenedores de poliestireno expandido para alimentos.
- Sustitución por materiales biodegradables o compostables.
- Monitoreo e inspecciones durante el período transitorio.
- Sanciones y campañas educativas vinculadas al foam alimentario.
A quién afectaría.
- Empresas involucradas en el uso de contenedores de foam para alimentos.
- Establecimientos comerciales donde se venden alimentos empaquetados.
- Consumidores y productores locales.
Puntos clave.
- Propone prohibir gradualmente los contenedores de poliestireno expandido para envases alimentarios en el territorio nacional.Art. 1
- Concede a las empresas involucradas un plazo máximo de un año desde la entrada en vigor para sustituir los contenedores actuales.Art. 2
- Admite materiales biodegradables certificados o compostables conforme a estándares internacionales reconocidos.Art. 3
- Encarga al Ministerio de Ambiente y al Ministerio de Salud el monitoreo durante la transición y prevé inspecciones periódicas.Art. 4
- Remite las sanciones por incumplimiento a las leyes vigentes de protección ambiental y salud pública.Art. 5
- Prevé campañas educativas sobre los riesgos del foam alimentario y prácticas más sostenibles.Art. 6
- Dispone la entrada en vigor al día siguiente de la promulgación.Art. 7