Resumen.
El proyecto establece que toda persona mayor de setenta (70) años que realice un acto jurídico debe presentar un certificado de salud mental. Vincula este requisito con la validez de los actos, la protección de las personas mayores frente a posibles abusos y la seguridad jurídica. Señala su aplicación a actos de especial trascendencia, entre ellos la disposición de bienes inmuebles, la firma de poderes generales o específicos, las modificaciones testamentarias y los contratos de alto valor. Incluye también los trámites notariales, municipales y los realizados en oficinas administrativas.
La emisión del certificado correspondería a un profesional en salud mental, psiquiatra del Ministerio de Salud (MINSA), especializado en evaluaciones de capacidad cognitiva. El certificado debe establecer si la persona se encuentra en pleno juicio y muestra coherencia y congruencia para administrar sus bienes. También debe evaluar sus habilidades para recordar, razonar y valorar información relevante, así como la presencia de alteraciones cognitivas o psicoemocionales al momento de la evaluación. Debe determinar si comprende la naturaleza, las consecuencias y los efectos del acto jurídico que desea realizar y si puede decidir de manera informada, libre y voluntaria, sin coacción ni influencia indebida.
El documento debe indicar si existen trastornos psicológicos, psiquiátricos o cognitivos, como demencia, Alzheimer u otros, que puedan afectar el juicio y la toma de decisiones. Cuando se detecte alguna condición, debe precisar si compromete la capacidad de la persona para realizar actos jurídicos. Asimismo, debe expresar el motivo de la evaluación, referido a la capacidad mental para un acto jurídico específico, e indicar la vigencia del certificado en atención a que las condiciones de salud mental pueden cambiar con el tiempo.
El proyecto fija una estructura básica para el certificado. Esta comprende los datos personales de la persona evaluada, incluidos nombre, edad y cédula; el acto o decisión que motiva la evaluación; los instrumentos y técnicas empleados, como pruebas y entrevistas clínicas; y una descripción objetiva de los resultados y del diagnóstico conforme a los criterios anteriores. Debe incorporar una conclusión profesional clara sobre la capacidad mental, además del nombre, la especialidad, el registro profesional y la firma de quien realiza la evaluación. La evaluación debe efectuarse con el consentimiento informado de la persona. Los datos de salud deben mantenerse confidenciales y utilizarse únicamente para el propósito por el que se solicitó el certificado.
La entrada en vigor se fija para el día siguiente al de su promulgación. En PANAMA, el contenido relaciona al Ministerio de Salud con las evaluaciones y podría interesar a personas mayores, profesionales de salud mental, quienes intervienen en actos sobre bienes inmuebles o sucesiones y quienes realizan trámites notariales, municipales y administrativos.
Qué propone.
- Certificado de salud mental para actos jurídicos de especial trascendencia.
- Evaluación de la capacidad mental y contenido del certificado.
- Consentimiento informado y confidencialidad de los datos de salud.
A quién afectaría.
- Personas mayores de setenta (70) años que realicen actos jurídicos.
- Psiquiatras del Ministerio de Salud especializados en evaluaciones de capacidad cognitiva.
- Personas que intervienen en los actos y trámites comprendidos por el requisito.
Puntos clave.
- Exige un certificado de salud mental a toda persona mayor de setenta (70) años que realice un acto jurídico.Art. 1
- Aplica el requisito a actos de especial trascendencia, incluidos actos sobre inmuebles, poderes, testamentos, contratos de alto valor y trámites notariales, municipales o administrativos.Art. 2
- Asigna la emisión del certificado a un psiquiatra del Ministerio de Salud especializado en evaluaciones de capacidad cognitiva.Art. 3
- Exige evaluar el juicio, las habilidades cognitivas, la comprensión del acto y la libertad de decisión de la persona.Art. 4
- Ordena identificar los trastornos que puedan afectar el juicio y precisar si una condición detectada compromete la capacidad para realizar actos jurídicos.Art. 5
- Exige indicar el motivo de la evaluación, el acto jurídico específico y la vigencia del certificado.Art. 6
- Define los datos personales, la metodología, los resultados, la conclusión y los datos profesionales que integran el certificado.Art. 7
- Exige consentimiento informado y confidencialidad de los datos de salud, y dispone la entrada en vigor al día siguiente de la promulgación.Arts. 8-9