Resumen.
El proyecto regula las actividades con criptoactivos realizadas por personas naturales y jurídicas en la República de Panamá. Define criptomonedas, tokens, plataformas de intercambio, proveedores de servicios de activos virtuales y otras tecnologías y servicios asociados. Fija principios de seguridad jurídica, transparencia, inclusión financiera, protección del consumidor y neutralidad tecnológica. Crea el Consejo Nacional de Activos Digitales (CONAD), integrado por representantes de la Superintendencia de Bancos de Panamá, la Superintendencia del Mercado de Valores, la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental, el Ministerio de Comercio e Industrias, la Dirección General de Ingresos, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Banco Nacional de Panamá y la Asociacion bancaria de Panamá. Le encarga formular políticas, emitir directrices de supervisión, coordinar instituciones e informar periódicamente a la Asamblea Nacional.
Las entidades que presten servicios de criptomonedas deberán registrarse y cumplir los requisitos de transparencia y seguridad financiera establecidos por el CONAD. El proyecto asigna funciones de supervisión financiera y de inversiones, y exige controles contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo conforme a las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional. Los proveedores deberán aplicar políticas de conocimiento del cliente, comunicar operaciones sospechosas a la Unidad de Análisis Financiero y someterse a auditorías. También se prevén estrategias de educación, cooperación y digitalización. Los exchanges y proveedores deberán acreditar un capital mínimo de $500,000 USD o su equivalente en criptoactivos líquidos, pasar auditorías anuales y separar los fondos de clientes. Las ofertas iniciales de criptomonedas y de tokens de seguridad requerirán registro, aprobación y un libro blanco; el CONAD podrá suspender las que incumplan. Las plataformas deberán informar sobre riesgos, tarifas y reclamaciones, y se prevé arbitraje digital. Un fondo financiado con el 0.5% de cada transacción en exchanges regulados y aportes anuales atendería pérdidas por quiebra o fraude comprobado. Se exigen además controles para operaciones superiores a $5,000 USD mensuales y monitoreo en tiempo real.
El Gobierno de Panamá promoverá blockchain para registros de propiedad, impuestos, identidad y documentos oficiales; la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental tendrá seis meses para presentar un plan. El proyecto contempla beneficios fiscales de hasta cinco años para ciertas empresas, zonas económicas digitales y un fondo de desarrollo blockchain. Somete las transacciones a un régimen fiscal especial reglamentado por la Dirección General de Ingresos. El uso comercial de criptomonedas será voluntario, sin curso legal obligatorio, y las instituciones financieras podrán convertirlas a dólares o balboas bajo supervisión bancaria. Prevé incentivos para pagos digitales y una exención del impuesto sobre la renta por cinco años para startups blockchain que cumplan las condiciones de empleo y desarrollo de soluciones gubernamentales. Establece tasas sobre ganancias de capital de 0% para tenencias de más de tres años y de 10% para ventas antes del año.
Las autoridades indicadas deberán elaborar reglamentos, criterios de supervisión, protocolos de integración e informes dentro de seis (6) meses. La implementación se divide en primer, segundo y tercer año; también se crea el Comité Interinstitucional para la Supervisión de Activos Digitales (CISAD) para coordinar y evaluar la supervisión. Se dispone un informe anual a la Asamblea Nacional y al Ejecutivo. Operar sin licencia acarrearía multas entre $100,000 y $1,000,000 USD; el incumplimiento de controles contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo podría acarrear cierre, bloqueo de activos y multas del 10% de los ingresos anuales, además de sanciones administrativas y penales. El Ejecutivo reglamentará la ley en doce meses y su entrada en vigor sería 90 días después de publicarse en la Gaceta Oficial. El contenido interesa a las autoridades financieras, fiscales y tecnológicas mencionadas, así como a proveedores de criptoactivos, inversionistas, consumidores, empresas tecnológicas, turismo, exportaciones y servicios digitales.
Qué propone.
- Uso y comercialización de criptomonedas y otros criptoactivos.
- Registro y supervisión de proveedores de servicios de activos virtuales.
- Prevención del lavado de dinero y protección de usuarios.
- Incentivos fiscales y aplicación de blockchain en la economía y los servicios públicos.
A quién afectaría.
- Personas naturales y jurídicas que participen en actividades con criptoactivos en Panamá.
- Proveedores de servicios de activos virtuales, exchanges y plataformas.
- Emisores de ofertas iniciales de criptomonedas y tokens de seguridad.
- Usuarios, inversionistas y empresas que utilicen blockchain.
Puntos clave.
- Crea el Consejo Nacional de Activos Digitales para coordinar la regulación y supervisión de criptoactivos.Arts. 5-6
- Exige registro a las entidades que presten servicios de criptomonedas y controles de debida diligencia y prevención del lavado de dinero.Arts. 7-10
- Fija requisitos de capital, auditoría y separación de fondos para exchanges y proveedores de servicios de activos virtuales.Art. 12
- Sujeta las ofertas iniciales de criptomonedas y tokens de seguridad a registro, aprobación y presentación de un libro blanco.Art. 13
- Prevé información obligatoria para usuarios, arbitraje digital y un fondo para pérdidas por quiebra o fraude comprobado.Arts. 14-15
- Establece incentivos fiscales, un régimen tributario especial y condiciones para beneficios de startups blockchain.Arts. 18-25
- Dispone que el uso comercial de criptomonedas sea voluntario y permite servicios regulados de conversión a dólares o balboas.Arts. 26-27
- Organiza la implementación progresiva, crea un comité de supervisión y establece informes y sanciones.Arts. 33-38