Anteproyecto de Ley 12.

Pendiente de prohijar

Que deroga la ley 462 de 18 de marzo de 2025, que modifica, adiciona o deroga articulos de la ley 51 de 27 de diciembre de 2005, que reforma la ley organica de la caja de seguro social y dicta otras disposiciones.

  • TipoAnteproyecto de ley
  • 12
  • Presentación2 de julio de 2025

Resumen.

El anteproyecto propone derogar, desde su promulgación, la ley 462 del 18 de marzo de 2025, que modificó, adicionó o derogó artículos de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005, relativa a la Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social. Como consecuencia, plantea restablecer la vigencia de disposiciones de la ley 51 de 27 de diciembre de 2005 y de normas legales y reglamentarias afectadas por el artículo 243 de la Ley 462 de 18 de marzo del 2025.

El artículo 2 enumera los artículos y las denominaciones de secciones de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005 cuya vigencia propone restablecer. También dispone la derogación de artículos incorporados por la reforma de 2025 y la restitución de otros artículos, así como de la numeración y denominación de dos secciones de esa ley. El alcance de estas operaciones queda definido mediante la enumeración expresa de las disposiciones en el propio artículo.

La restitución se extiende a los artículos 25 y 31, al literal a) del artículo 32 y al artículo 60 del Decreto de Gabinete 68 de 31 de mayo de 1970; al artículo 6 de la Ley 41 de 30 de junio de 2009; y al tercer párrafo del artículo 1 y los artículos 46, 47, 237, 261, 262, 263 y 264 de la Ley 419 de 1 de febrero de 2024. El mismo artículo propone derogar el artículo 99-A adicionado a la Ley 135 de 30 de abril de 1943 y los artículos 54-A, 54-B, 54-C y 96-A a 96-F de la Ley 419 de 1 de febrero de 2024.

Para cumplir el artículo 37 del Código Civil, el artículo 3 dispone que, junto con la promulgación de la ley propuesta en la Gaceta Oficial Digital, se publiquen las normas legales y reglamentarias cuya vigencia se restablece. El artículo 4 crea una Comisión de Alto Nivel de Decisión para desarrollar una nueva ley orgánica de la Caja de Seguro Social. La integran autoridades de salud, economía y seguridad social vinculadas al Órgano Ejecutivo, con poder de decisión; un mediador de la Iglesia; el Defensor del Pueblo; y representantes de gremios de salud, docentes, obreros, trabajadores de la construcción y grupos originarios u otros convocados. La comisión actuaría hasta la conclusión y aprobación de la nueva ley.

El anteproyecto declara la ley propuesta de orden público e interés social, le atribuye efectos retroactivos y fija su entrada en vigor en la promulgación. En Panamá, su contenido se relaciona con la Caja de Seguro Social, el Órgano Ejecutivo y el Defensor del Pueblo, y podría interesar a los sectores de salud, educación, trabajo, construcción y grupos originarios representados en la comisión.

Qué propone.

  • Derogación de la reforma de 2025 a la ley orgánica de la Caja de Seguro Social.
  • Restablecimiento y derogación de disposiciones legales relacionadas.
  • Publicación de normas restituidas y elaboración de una nueva ley orgánica.

A quién afectaría.

  • Caja de Seguro Social
  • Órgano Ejecutivo y autoridades integrantes de la comisión
  • Gremios y sectores representados en la comisión
  • Personas alcanzadas por las disposiciones legales restituidas o derogadas

Puntos clave.

  1. Propone derogar la ley 462 del 18 de marzo de 2025 desde la promulgación de la ley propuesta.Art. 1
  2. Restablece las disposiciones enumeradas de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005 y deroga artículos incorporados por la reforma de 2025.Art. 2
  3. Restablece disposiciones del Decreto de Gabinete 68 de 31 de mayo de 1970, la Ley 41 de 30 de junio de 2009 y la Ley 419 de 1 de febrero de 2024; deroga disposiciones de esta última y un artículo adicionado a la Ley 135 de 30 de abril de 1943.Art. 2
  4. Ordena publicar en la Gaceta Oficial Digital las normas legales y reglamentarias que vuelven a entrar en vigor, junto con la promulgación de la ley propuesta.Art. 3
  5. Crea una Comisión de Alto Nivel de Decisión con autoridades públicas, un mediador y representantes sectoriales para desarrollar una nueva ley orgánica de la Caja de Seguro Social.Art. 4
  6. Declara la ley propuesta de orden público e interés social y le atribuye efectos retroactivos.Art. 5
  7. Fija la entrada en vigor de la ley propuesta en su promulgación.Art. 6