Anteproyecto de Ley 13.

Pendiente de prohijar

Que deroga la ley 462 del 18 de marzo de 2025, que modifica, adiciona o deroga articulos de la ley 51 de 27 de diciembre de 2005, que reforma ley organica de la caja de seguro social y dicta otras disposiciones y restablece la vigencia de la ley 51 de 27 de diciembre de 2005 y las disposiciones reglamentarias legales derogadas o modificadas en el articulo 243 de la ley 462 de 18 de marzo de 2025.

  • TipoAnteproyecto de ley
  • 13
  • Presentación2 de julio de 2025

Resumen.

El artículo 1 propone derogar, desde la promulgación de la nueva ley, la Ley 462 del 18 de marzo de 2025, que modificó, adicionó o derogó artículos de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005 relativos a la Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social. La derogación alcanzaría a esa reforma en su conjunto.

El artículo 2 dispone el restablecimiento de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005 y de las disposiciones legales y reglamentarias derogadas o modificadas por el artículo 243 de la Ley 462 de 18 de marzo del 2025. Enumera artículos y denominaciones de secciones de la Ley 51 cuya vigencia se recuperaría, deroga artículos incorporados a ella y restablece otros artículos, así como la numeración y denominación de dos secciones. La misma disposición restablece los artículos 25 y 31, el literal a) del artículo 32 y el artículo 60 del Decreto de Gabinete 68 de 31 de mayo de 1970; el artículo 6 de la Ley 41 de 30 de junio de 2009; y el tercer párrafo del artículo 1 y los artículos 46, 47, 237, 261, 262, 263 y 264 de la Ley 419 de 1 de febrero de 2024. Además, deroga el artículo 99-A adicionado a la Ley 135 de 30 de abril de 1943 y varios artículos de la Ley 419 de 1 de febrero de 2024.

Para cumplir el artículo 37 del Código Civil, el artículo 3 ordena que, junto con la promulgación de la nueva ley en la Gaceta Oficial Digital, se promulguen las normas legales y reglamentarias que el artículo anterior vuelve a poner en vigor. El artículo 4 crea una Comisión de Alto Nivel de Decisión para desarrollar una nueva ley orgánica de la Caja de Seguro Social. La integrarían el Ministro de Salud, el Director de la Caja de Seguro Social y el Ministro de Economía y Finanza como representante del Órgano Ejecutivo, o sus designados, con poder de decisión. También participarían representantes titulares y suplentes de los gremios administrativos, técnicos y profesionales de la salud, de maestros y profesores, del sector obrero, de trabajadores de la construcción y de grupos originarios u otros convocados. La comisión actuaría hasta la conclusión y aprobación de la nueva ley.

El artículo 5 declara la norma de orden público e interés social y le atribuye efectos retroactivos. El artículo 6 fija su entrada en vigor a partir de la promulgación. Por su contenido, el anteproyecto se relaciona con la Caja de Seguro Social, el Órgano Ejecutivo y la administración de salud en Panamá; podría interesar a trabajadores, docentes, personal sanitario, trabajadores de la construcción y grupos originarios.

Qué propone.

  • Derogación de la reforma a la Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social.
  • Restablecimiento de disposiciones legales y reglamentarias.
  • Composición y cometido de una comisión para desarrollar una nueva ley orgánica.

A quién afectaría.

  • Caja de Seguro Social
  • Órgano Ejecutivo
  • Representantes de los gremios y sectores convocados a la comisión
  • Personas alcanzadas por las disposiciones de seguridad social restablecidas

Puntos clave.

  1. Propone derogar la Ley 462 del 18 de marzo de 2025 desde la promulgación de la nueva ley.Art. 1
  2. Restablece disposiciones de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005 y deroga artículos incorporados a ella.Art. 2
  3. Restablece disposiciones del Decreto de Gabinete 68 de 31 de mayo de 1970 y de las Leyes 41 de 30 de junio de 2009 y 419 de 1 de febrero de 2024.Art. 2
  4. Deroga el artículo 99-A adicionado a la Ley 135 de 30 de abril de 1943 y varios artículos de la Ley 419 de 1 de febrero de 2024.Art. 2
  5. Ordena promulgar junto con la nueva ley las normas que se vuelven a poner en vigor.Art. 3
  6. Crea una Comisión de Alto Nivel de Decisión para desarrollar una nueva ley orgánica de la Caja de Seguro Social e indica sus integrantes.Art. 4
  7. Declara la norma de orden público e interés social, le atribuye efectos retroactivos y fija su vigencia desde la promulgación.Arts. 5-6