Anteproyecto de Ley 72.

Devuelto sin prohijar

Que declara el 26 de octubre como día nacional de la cutarra.

  • TipoAnteproyecto de ley
  • 72
  • Presentación22 de julio de 2025

Resumen.

El anteproyecto propone declarar el 26 de octubre como día nacional de la cutarra. Vincula esa declaración con el propósito de promover nuevamente el aprecio por este arte de confección artesanal. También expresa que los artesanos se sientan valorados por su trabajo y que los jóvenes deseen aprenderlo. La fecha propuesta se refiere a la cutarra como expresión artesanal y al oficio de quienes la confeccionan.

Para el día nacional propuesto, el texto plantea enaltecer la cultura y las tradiciones asociadas con la cutarra. Presenta su confección como una práctica que contribuye al sentido de identidad y relaciona lo autóctono con su transmisión de generación en generación. En ese marco, la celebración prevista se centra en las actividades culturales y artesanales correspondientes a la fecha declarada. La declaración del día nacional y las actividades mencionadas forman parte de una misma propuesta de reconocimiento de esta confección artesanal.

El anteproyecto encarga al Órgano Ejecutivo reglamentar la ley propuesta a través del Ministerio de cultura. Además, dispone que otras instituciones vinculadas con aspectos culturales y artesanales cumplan y realicen las actividades correspondientes al día señalado. Así, el texto atribuye la reglamentación al Órgano Ejecutivo por conducto del ministerio mencionado y contempla la participación de las instituciones relacionadas con la materia cultural y artesanal en las actividades de la fecha. La disposición conecta la declaración del día nacional con su organización institucional.

En materia laboral, el anteproyecto dispone que la ley propuesta no tendrá obligación alguna en cuanto al Código de Trabajo de la República de Panamá. Esa previsión acompaña la declaración de la fecha y las disposiciones sobre actividades culturales y artesanales. El texto también establece que la ley propuesta comenzaría a regir al día siguiente al de su promulgación. No formula una modificación, adición o derogación del Código de Trabajo; lo menciona al delimitar el alcance de las obligaciones derivadas de la propuesta.

Entre las entidades públicas relacionadas figuran el Órgano Ejecutivo y el Ministerio de cultura, junto con las otras instituciones que atienden aspectos culturales y artesanales. El anteproyecto menciona asimismo el Código de Trabajo de la República de Panamá como referencia normativa. Por su contenido, la declaración y las actividades previstas podrían interesar a los artesanos que confeccionan cutarras, a los jóvenes que deseen aprender el oficio y a los sectores culturales y artesanales vinculados con las tradiciones descritas.

Qué propone.

  • Declaración del 26 de octubre como día nacional de la cutarra.
  • Actividades culturales y artesanales vinculadas con esa fecha.
  • Reglamentación de la ley propuesta.

A quién afectaría.

  • Órgano Ejecutivo y Ministerio de cultura.
  • Instituciones vinculadas con aspectos culturales y artesanales.
  • Artesanos y jóvenes interesados en la confección de cutarras.

Puntos clave.

  1. Propone declarar el 26 de octubre como día nacional de la cutarra.Art. 1
  2. Busca promover el aprecio por la confección artesanal de la cutarra.Art. 1
  3. Expresa el propósito de que los artesanos se sientan valorados y los jóvenes deseen aprender el oficio.Art. 1
  4. Relaciona la fecha propuesta con la cultura, las tradiciones, la identidad y la transmisión de lo autóctono entre generaciones.Art. 1
  5. Encarga al Órgano Ejecutivo reglamentar la ley propuesta a través del Ministerio de cultura.Art. 1
  6. Prevé actividades para la fecha a cargo de instituciones vinculadas con aspectos culturales y artesanales.Art. 1
  7. Dispone que la ley propuesta no tendrá obligación alguna en cuanto al Código de Trabajo de la República de Panamá.Art. 1
  8. Establece su entrada en vigor al día siguiente al de su promulgación.Art. 1