Resumen.
El proyecto establece el Programa Nacional de Educación en Valores, Prevención de la Corrupción, Ética, Conciencia Ambiental, No Discriminación y Patriotismo para todos los niveles educativos de las escuelas oficiales y no oficiales de la República de Panamá. Define los conceptos que emplea y fija como principios la integralidad, la incorporación transversal de los valores al currículo, la participación de la comunidad educativa, la responsabilidad social, la sostenibilidad y el respeto a la diversidad. El Ministerio de Educación, también denominado MEDUCA, coordinaría el programa con el Ministerio de Ambiente, también denominado MIAMBIENTE, la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información, también denominada ANTAI, y otras entidades estatales.
El programa comprendería formación en valores éticos; enseñanza sobre integridad pública, transparencia, rendición de cuentas y prevención de la corrupción; educación sobre cambio climático, recursos naturales y biodiversidad; patriotismo y civismo; educación para la no discriminación; y proyectos comunitarios de alcance social y ambiental. El Ministerio de Educación adaptaría el currículo de todos los niveles de la educación formal para integrar estos contenidos en cada asignatura y desarrollar asignaturas específicas. También impartiría capacitación docente obligatoria, en coordinación con el Ministerio de Ambiente, la entidad de transparencia y otras instituciones. Las escuelas utilizarían proyectos interdisciplinarios, simulaciones, debates, salidas de campo y actividades cívicas como métodos de enseñanza.
El Ministerio de Educación elaboraría materiales pedagógicos, organizaría formación continua del personal docente y supervisaría la ejecución del programa mediante inspecciones y auditorías educativas. El Ministerio de Ambiente proporcionaría materiales, asistiría en actividades de reforestación, residuos, reciclaje y conservación, y desarrollaría programas sobre cambio climático, economía circular y energías renovables. La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información prepararía guías y actividades sobre ética pública, mecanismos de denuncia y rendición de cuentas, además de colaborar en campañas educativas. El Ministerio de Desarrollo Social coordinaría formación familiar, talleres sobre no discriminación y proyectos de integración social, especialmente en áreas rurales y de difícil acceso.
Las organizaciones de la sociedad civil y el sector privado podrían celebrar alianzas con el sistema educativo, patrocinar iniciativas y aportar recursos o asistencia técnica. Padres de familia, estudiantes y personal administrativo participarían en comités escolares de ética y valores, jornadas comunitarias y planes de acción para atender desafíos de cada escuela. El Ministerio de Educación establecería, en un plazo no mayor a doce (12) meses desde la promulgación, un plan con cronograma curricular, equipos regionales, recursos y entidades colaboradoras.
El Ministerio de Educación efectuaría evaluaciones periódicas mediante indicadores, encuestas y entrevistas. Presentaría informes anuales de acceso público a la Asamblea Nacional y utilizaría sus resultados para ajustar el currículo y las actividades pedagógicas. También mantendría coordinación con entidades estatales, organismos internacionales, organizaciones civiles y empresas; el Estado podría celebrar acuerdos de cooperación para recibir asistencia técnica y financiera. El programa se financiaría con asignaciones anuales del presupuesto general del Estado y podría recibir donaciones y contribuciones. El Órgano Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Educación, reglamentaría la ley propuesta en un plazo no mayor a seis (6) meses desde su promulgación; el texto dispone su entrada en vigencia desde la promulgación.
Por sus funciones previstas, el proyecto se relaciona con el Ministerio de Educación, el Ministerio de Ambiente, la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información, el Ministerio de Desarrollo Social, la Asamblea Nacional y el Órgano Ejecutivo. Su contenido podría interesar o afectar a escuelas oficiales y no oficiales, docentes, estudiantes, familias, comunidades, organizaciones de la sociedad civil y empresas del sector privado.
Qué propone.
- Creación y contenidos de un programa nacional de educación en valores.
- Integración curricular y formación docente en ética, ambiente, civismo y no discriminación.
- Responsabilidades institucionales, participación comunitaria y evaluación del programa.
- Financiamiento, reglamentación y entrada en vigencia.
A quién afectaría.
- Escuelas oficiales y no oficiales de todos los niveles educativos.
- Docentes, estudiantes, padres de familia y personal administrativo escolar.
- Entidades públicas responsables de la coordinación y ejecución del programa.
- Organizaciones de la sociedad civil y sector privado que participen en su implementación.
Puntos clave.
- Crea un programa nacional para todos los niveles de las escuelas oficiales y no oficiales y define sus principios y materias educativas.Arts. 1-5
- Ordena incorporar los contenidos al currículo y establece capacitación docente obligatoria y métodos pedagógicos participativos.Arts. 6-8
- Distribuye entre las entidades educativas, ambientales, de transparencia y de desarrollo social las tareas de materiales, formación, actividades y apoyo comunitario.Arts. 9-12
- Prevé la participación de organizaciones civiles, sector privado y comunidades educativas mediante alianzas, comités escolares, jornadas y planes de acción.Arts. 13-14
- Exige un plan de implementación en un plazo no mayor a doce (12) meses desde la promulgación y evaluaciones periódicas con informes anuales públicos.Arts. 15-16
- Dispone coordinación interinstitucional permanente y permite acuerdos de cooperación internacional para asistencia técnica y financiera.Arts. 17-18
- Establece las fuentes de financiamiento, un plazo reglamentario no mayor a seis (6) meses y la entrada en vigencia desde la promulgación.Arts. 19-21