Resumen.
El proyecto modifica y adiciona disposiciones a la Ley 136 de 23 de marzo de 2020 sobre la atención de personas con diabetes. Incorpora el apoyo integral en salud mental y bienestar psicoemocional entre los aspectos del programa de atención que crearían el Ministerio de Salud y la Caja de Seguro Social para mejorar la salud de estos pacientes. La disposición amplía el contenido del programa previsto en el artículo 2 de esa ley.
En materia de control de la enfermedad, dispone que el Estado, por medio del Ministerio de Salud y la Caja de Seguro Social, fomente y apoye el autoanálisis regular de glucosa capilar o intersticial. Prevé campañas de información sobre el manejo y la conveniencia del glucómetro portátil, así como mecanismos que faciliten a los usuarios adquirir medidores portátiles de glucosa y sus consumibles. También dispone que se procure el tratamiento más eficaz para pacientes con diabetes tipo 1 y tipo 2, incluida la utilización de infusores subcutáneos continuos de insulina, tiras reactivas, lancetas, jeringas, plumas, sensores de monitoreo y otros dispositivos necesarios para administrar y controlar la enfermedad.
El proyecto establece Clínicas Regionales de Atención Integral en Diabetes Tipo 1. Su equipo estaría integrado por médicos endocrinólogos, médicos endocrinológicos pediátricos, nutricionistas, psicólogos, educadores en diabetes y trabajadores sociales. Esta medida se incorpora como un nuevo artículo de la Ley 136 de 23 de marzo de 2020.
En el ámbito educativo, el Ministerio de Educación tendría que garantizar que todas las instituciones educativas públicas y privadas de la República de Panamá cuenten con protocolos de actuación ante hipoglucemia e hiperglucemia y con un kit de glucosa de acción rápida. También prevé campañas educativas permanentes para reconocer señales de alerta, promover la adhesión al tratamiento, enseñar procedimientos de emergencia en el hogar, la escuela y la comunidad, y fomentar la autonomía de los pacientes en el manejo de la diabetes. Las señales enumeradas son poliuria, polidipsia, polifagia y pérdida de peso.
Además, reconoce a las familias de bajos recursos el derecho a subsidios estatales para adquirir dispositivos de monitoreo continuo, bombas de insulina y otros insumos tecnológicos necesarios. Crea el Registro Nacional de Personas con Diabetes, administrado por el Ministerio de Salud, para incluir a menores de edad y adultos con diabetes tipo 1 y a personas con diabetes tipo 2. El registro serviría para la planificación, el seguimiento estadístico y la mejora de la atención. El Estado proporcionaría programas gratuitos de apoyo psicológico y orientación para niños, adolescentes y sus familias, dirigidos a favorecer la adherencia al tratamiento y la calidad de vida.
La disposición final identifica las modificaciones y adiciones a la ley citada, encarga al Órgano Ejecutivo elaborar un texto único y establece la vigencia desde la promulgación. Por su contenido, se relaciona con la atención del Ministerio de Salud, la Caja de Seguro Social y el Ministerio de Educación, así como con las instituciones educativas, los profesionales de salud, las personas con diabetes y sus familias.
Qué propone.
- Atención integral de personas con diabetes.
- Autoanálisis de glucosa y acceso a dispositivos e insumos.
- Atención de la diabetes en instituciones educativas.
- Subsidios, registro de pacientes y apoyo psicológico.
A quién afectaría.
- Personas con diabetes tipo 1 y tipo 2.
- Niños, adolescentes y familias de bajos recursos comprendidos en las medidas propuestas.
- Instituciones educativas públicas y privadas.
- Autoridades sanitarias y educativas encargadas de las medidas.
Puntos clave.
- Añade el apoyo integral en salud mental y bienestar psicoemocional al programa de atención de personas con diabetes.Art. 1
- Prevé autoanálisis de glucosa, campañas sobre glucómetros y mecanismos de acceso a medidores, consumibles y dispositivos para el tratamiento.Art. 2
- Establece Clínicas Regionales de Atención Integral en Diabetes Tipo 1 con personal médico, nutricional, psicológico, educativo y de trabajo social.Art. 3
- Exige protocolos, un kit de glucosa de acción rápida y campañas educativas permanentes en instituciones educativas públicas y privadas.Art. 4
- Reconoce subsidios para familias de bajos recursos, crea un registro nacional de personas con diabetes y prevé apoyo psicológico gratuito para niños, adolescentes y sus familias.Art. 5
- Identifica las modificaciones y adiciones a la ley, encarga elaborar un texto único y fija la entrada en vigor desde la promulgación.Arts. 8-10