Resumen.
El proyecto establece como objeto asegurar un financiamiento estable, transparente y suficiente para pagar los premios de las carreras de caballos en el Hipódromo Presidente Remón. Vincula esa finalidad con la industria hípica, el empleo, la inversión, la actividad económica y las familias panameñas relacionadas con el sector. Para ello, propone modificar el artículo 61 del Decreto Ley 2 de 10 de febrero de 1998 y fijar una asignación anual procedente de los ingresos recaudados por la Junta de Control de Juegos.
La modificación dispone que la Junta de Control de Juegos destine ocho millones de balboas (B/.8,000,000.00) cada año al pago de los premios de las carreras celebradas en el Hipódromo Presidente Remón. La suma se entregaría al Administrador-Operador del Hipódromo Presidente Remón en dos partes: cuatro millones de balboas (B/.4,OOO,OOO.OO) durante los primeros 15 días del mes de enero y los restantes cuatro millones de balboas (B/.4,OOO,OOO.OO) durante los primeros 15 días del mes de julio de cada año. El administrador-operador gestionaría esos recursos y los entregaría semanalmente como premios de las carreras de caballos.
El proyecto exige que el Administrador-Operador del Hipódromo Presidente Remón informe semanalmente sobre la gestión y el uso del dinero a los gremios de dueños y criadores de caballos. Identifica como destinatarios de esos informes a la Asociación Panameña de Propietarios del Turf, la Asociación de Propietarios de Purasangres de Carreras de Panamá, la Sociedad de Dueños de Caballos y la Sociedad de Criadores de Caballos. La obligación de informar se refiere a los fondos destinados al pago de los premios y acompaña su entrega semanal a quienes resulten premiados en las carreras.
La asignación se distribuiría entre dos categorías. Un millón de balboas (B/.1,000,000.00) se repartiría en premios clásicos y se añadiría a la proporción de los premios clásicos actuales. Siete millones de balboas (B/.7,000,000.00) se repartirían en los premios de las carreras, con una participación que en ningún caso sería inferior de 50% para caballos nacionales. La Contraloría General de la República fiscalizaría la suma y su destino exclusivo al pago de premios por carreras realizadas en el Hipódromo Presidente Remón.
Además, el Estado, por conducto del Órgano Ejecutivo, destinaría Un millón quinientos mil balboas (E/.1,500,000.00) para contribuir a los gastos del Clásico Internacional del Caribe si el evento tuviera como sede la República de Panamá. El proyecto reitera la modificación del artículo 61 del Decreto Ley 2 de 10 de febrero de 1998 y dispone que la Ley comenzaría a regir el día siguiente al de su promulgación. Su contenido relaciona a la Junta de Control de Juegos, la Contraloría General de la República y el Órgano Ejecutivo con el administrador-operador del hipódromo, los propietarios y criadores de caballos y el sector hípico.
Qué propone.
- Financiamiento anual de premios de carreras de caballos.
- Entrega, administración y distribución de fondos para premios hípicos.
- Informes a gremios hípicos y fiscalización de los recursos.
- Aporte estatal condicionado a la sede del Clásico Internacional del Caribe.
A quién afectaría.
- Junta de Control de Juegos
- Administrador-Operador del Hipódromo Presidente Remón
- Dueños y criadores de caballos
- Participantes en las carreras del Hipódromo Presidente Remón
Puntos clave.
- El proyecto fija como objeto financiar los premios de las carreras de caballos en el Hipódromo Presidente Remón.Art. 1
- La Junta de Control de Juegos destinaría anualmente ocho millones de balboas (B/.8,000,000.00) de sus ingresos al pago de esos premios.Art. 2
- El administrador-operador recibiría los fondos en enero y julio de cada año, los administraría y entregaría semanalmente los premios.Art. 2
- El administrador-operador informaría semanalmente a los gremios de dueños y criadores sobre el uso del dinero.Art. 2
- La asignación se repartiría entre premios clásicos y premios de carreras; para caballos nacionales, estos últimos no podrían ser inferiores de 50%.Art. 2
- La Contraloría General de la República fiscalizaría que los fondos se destinen exclusivamente a los premios de las carreras celebradas en el hipódromo.Art. 2
- El Órgano Ejecutivo aportaría Un millón quinientos mil balboas (E/.1,500,000.00) a los gastos del Clásico Internacional del Caribe si se celebra en Panamá.Art. 2
- El proyecto reitera la modificación del artículo 61 y dispone la entrada en vigor el día siguiente al de la promulgación.Arts. 3-4