Proyecto de Ley 534.

Objetado por Ejecutivo

Que crea el patronato del estadio roberto mariano bula

  • TipoProyecto de ley
  • 534
  • Presentación9 de febrero de 2026

Resumen.

El proyecto propone que el Patronato del Estadio Roberto Mariano Bula dicte sus reglamentos de funcionamiento, uso, administración y mantenimiento, y establezca su estructura administrativa. Le atribuye la conservación de las instalaciones, incluido el terreno de juego, las graderías y las áreas comerciales. Podría arrendar espacios para eventos deportivos y culturales, administrar sus fondos y contratar con entidades oficiales y particulares para promover el uso del Estadio. También fomentaría academias y centros de formación de béisbol infantil y juvenil en la provincia de Colón y desarrollaría actividades comunitarias sobre el cuidado de las instalaciones.

El Patronato se integraría con el director general del Instituto Panameño de Deportes, el alcalde del Distrito de Colón, representantes de la Liga Provincial de Béisbol de Colón y de los clubes cívicos de la provincia de Colón, el gobernador de esa provincia, un miembro de su sociedad civil y el gerente de la Zona Libre de Colón. Quienes no ocupen cargos públicos serían designados por cuatro años, con posibilidad de reelección por un periodo adicional. Cada integrante designaría un suplente y prestaría servicios ad honorem. La Junta Directiva elegiría a sus dignatarios entre sus miembros; su presidente ejercería la representación legal. Al constituirse, adoptaría un reglamento interno para los aspectos administrativos y técnicos. El proyecto enumera las causas de cese de miembros y suplentes: vencimiento del periodo, desvinculación de la entidad representada, renuncia, inasistencia injustificada a más del 25 % de las sesiones ordinarias celebradas en un año, condena firme por delito doloso e incapacidad total y permanente.

El patrimonio comprendería bienes adquiridos o donados; fondos asignados por el Instituto Panameño de Deportes en su Presupuesto de Funcionamiento e Inversión; subsidios, aportaciones, donaciones y legados; e ingresos por arrendamientos, concesiones de puestos de comida, comisiones sobre ventas de alimentos y bebidas, publicidad, intereses, inversiones, servicios y actividades. El Patronato estaría exento de impuestos y gravámenes. Las contribuciones y donaciones de personas naturales o jurídicas se considerarían gastos deducibles del impuesto sobre la renta del donante conforme al Código Fiscal.

La reglamentación incorporaría programas permanentes de mantenimiento y mejoramiento de las instalaciones. La ContralorÍa General de la República auditaría los fondos estatales administrados por el Patronato. Este presentaría un informe financiero anual dentro de los tres meses siguientes al cierre del periodo fiscal y destinaría a gastos administrativos un monto que no exceda del 10% de esos fondos. El Órgano Ejecutivo reglamentaría la ley propuesta, que comenzaría a regir el día siguiente al de su promulgación. El contenido se relaciona con esas entidades públicas y con la administración deportiva, el béisbol formativo, los clubes cívicos, los organizadores de eventos, los comercios de alimentos y bebidas, los anunciantes y los donantes de la ciudad de Colón.

Qué propone.

  • Administración, uso y mantenimiento del Estadio Roberto Mariano Bula.
  • Integración, patrimonio y funcionamiento de su Patronato.
  • Fiscalización de fondos estatales y tratamiento tributario del Patronato y sus donantes.

A quién afectaría.

  • Patronato, sus miembros y suplentes.
  • Usuarios y organizadores de actividades en el Estadio.
  • Donantes, arrendatarios y concesionarios.
  • Entidades públicas que aporten o fiscalicen fondos.

Puntos clave.

  1. El Patronato administraría y conservaría las instalaciones, arrendaría espacios para eventos y promovería la formación de béisbol infantil y juvenil.Art. 2
  2. Su integración reuniría autoridades públicas y representantes deportivos, cívicos y de la sociedad civil; los miembros designarían suplentes y servirían ad honorem.Art. 3
  3. La Junta Directiva elegiría a sus dignatarios y adoptaría un reglamento interno; su presidente sería el representante legal.Art. 4
  4. El proyecto fija las causas por las que cesarían los miembros y sus suplentes.Art. 5
  5. El patrimonio incluiría bienes, asignaciones, aportaciones e ingresos procedentes de actividades y operaciones del Estadio.Art. 6
  6. El Patronato estaría exento de impuestos y gravámenes, y las donaciones serían deducibles para el donante conforme al Código Fiscal.Art. 7
  7. La reglamentación incluiría programas permanentes para mantener y mejorar las instalaciones.Art. 8
  8. La ContralorÍa General de la República auditaría los fondos estatales; el Patronato rendiría un informe anual y limitaría sus gastos administrativos al 10% de esos fondos.Art. 9