Resumen.
El proyecto establece un marco para proteger la memoria histórica y las expresiones culturales del Barrio Bolívar, ubicado en el corregimiento de David Este, distrito de David, provincia de Chiriquí. Se aplicaría en el distrito de David, con alcance nacional para la promoción cultural y turística. Define, entre otros conceptos, la comunidad portadora, el Tambor Peligreño, la participación comunitaria, la salvaguarda cultural y el Plan Especial de Salvaguarda. Reconoce al barrio, antes llamado Barrio El Peligro, como sitio de valor histórico y cultural; reconoce el Festival del Tambor Peligreño como manifestación cultural tradicional; fija su celebración anual los días 27 y 28 de noviembre; declara de interés público cultural y comunitario la preservación de la tradición, e instituye el 28 de noviembre como Día Cívico Cultural Comunitario del Tambor Peligreño en el corregimiento de David Este.
El texto reconoce al Patronato del Festival del Tambor Peligreño como organizador, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa. Su junta reuniría representantes de autoridades locales, el Ministerio de Cultura, el Ministerio de Educación, la Autoridad de Turismo de Panamá, la Cámara de Comercio, Agricultura, Industria y Turismo de Chiriquí, la Diócesis de David, las familias gestoras del barrio y la tradición folclórica. Cada miembro tendría suplente y ejercería por un (1) año. Antes de asumir, ambos presentarían una declaración de intereses; los conflictos de interés y los contratos con el Patronato impedirían integrar la junta. Sus cargos se escogerían por mayoría simple.
Para seleccionar al representante de las familias gestoras, el proyecto exige acreditar residencia continua no menor de veinte (20) años, vinculación cultural no menor de dos (2) generaciones, reconocimiento comunitario y actividad cultural dentro de los últimos diez (10) años. La Dirección Regional del Ministerio de Cultura elaboraría el listado de portadores dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la promulgación. Cada familia incluida podría postular un (1) candidato durante cinco (5) días hábiles; después, el Patronato efectuaría un sorteo público dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Ante falta de postulaciones o controversia, el Ministerio de Cultura, mediante la Dirección Regional de Chiriquí, haría la designación directa.
El Patronato organizaría el Festival, garantizaría la participación de los portadores, prepararía un plan de salvaguarda, gestionaría apoyos, publicaría el calendario y presentaría informes anuales. Debería llevar contabilidad y registros de aportes y permitir la fiscalización de fondos públicos por la Contraloría General de la República. Su patrimonio incluiría bienes, donaciones, herencias, aportes e ingresos lícitos de actividades culturales. Junto con el Ministerio de Cultura, apoyaría el registro de portadores y la documentación de la memoria cultural. Ese ministerio impulsaría el Plan Especial de Salvaguarda; el Ministerio de Educación promovería actividades en centros educativos sin alterar el currículo oficial, y los medios estatales podrían difundir el Festival.
La Autoridad de Turismo de Panamá podría incorporar el Festival a sus estrategias de turismo cultural. Se podrían habilitar espacios para artesanía, gastronomía y emprendimientos bajo coordinación municipal. El Municipio de David, mediante la Dirección de Ordenamiento Territorial, velaría por la identidad arquitectónica del barrio; las obras y los usos del suelo observarían la normativa municipal y los derechos adquiridos. El financiamiento podría provenir de recaudación, convenios, donaciones y aportes estatales sujetos a disponibilidad presupuestaria. Los aportes públicos exigirían un informe anual de inversión. Las instituciones coordinarían la ejecución del Festival y el Patronato aprobaría su estatuto y reglamento dentro de los seis (6) meses siguientes a la promulgación. El proyecto interesaría a residentes y portadores de la tradición, centros educativos, artesanos, negocios gastronómicos y el sector turístico.
Qué propone.
- Reconocimiento histórico y cultural del Barrio Bolívar.
- Salvaguarda y transmisión del Tambor Peligreño.
- Organización, financiación y promoción del Festival del Tambor Peligreño.
- Protección de la identidad arquitectónica y ordenamiento urbano del barrio.
A quién afectaría.
- Residentes y portadores de la tradición del Barrio Bolívar.
- Patronato del Festival del Tambor Peligreño.
- Instituciones públicas con funciones culturales, educativas, turísticas y municipales.
- Participantes en actividades culturales y económicas vinculadas al Festival.
Puntos clave.
- Reconoce al Barrio Bolívar como sitio de valor histórico y cultural y al Festival del Tambor Peligreño como manifestación cultural tradicional.Arts. 4-5
- Fija el Festival para los días 27 y 28 de noviembre e instituye el 28 de noviembre como día cívico cultural comunitario en el corregimiento de David Este.Arts. 6-8
- Reconoce al Patronato como organizador del Festival y establece la composición, el período y la elección de cargos de su junta directiva.Arts. 9-11
- Establece requisitos, postulaciones y sorteo público para seleccionar a la representación de las familias gestoras, con designación directa en los supuestos previstos.Art. 12
- Asigna al Patronato funciones de organización y salvaguarda y le exige registros contables, informes y control de los fondos públicos.Arts. 13-15
- Prevé el registro de portadores, un Plan Especial de Salvaguarda, actividades educativas y difusión en medios estatales.Arts. 16-19
- Permite la promoción turística y de emprendimientos locales, y sujeta las intervenciones urbanas del barrio a la normativa municipal.Arts. 20-22
- Regula fuentes de financiación y rendición de cuentas por fondos públicos, coordinación institucional y aprobación del estatuto y reglamento del Patronato.Arts. 23-28