Resumen.
El proyecto propone modificar la entrada en vigor de la Ley 473 de 2025, norma que modifica la LEY 45 DE 2007 sobre protección al consumidor y defensa de la competencia. Su objeto es sustituir la redacción del artículo 5 de la Ley 473 de 2025, dedicado a establecer cuándo comienza a regir esa norma. El cambio se refiere a la vigencia de la ley modificada y, por esa vía, al momento desde el cual operarían las modificaciones que contiene en la materia indicada por el título del proyecto.
El artículo 1 presenta una nueva redacción para el artículo 5 de la Ley 473 de 2025. En ella se fija el comienzo de su vigencia en la fecha escrita como «el! de julio de 2027». La disposición se incorpora como texto del artículo sustituido: una vez efectuada la modificación propuesta, esa sería la cláusula de entrada en vigor de la Ley 473 de 2025. La referencia a esa fecha corresponde a la ley cuyo artículo 5 se modifica, vinculada por su título con la protección al consumidor y la defensa de la competencia.
El artículo 2 expresa el alcance de la reforma: la ley propuesta modifica el artículo 5 de la Ley 473 de 2025. Así, identifica de manera directa la norma intervenida y la disposición concreta que recibe la nueva redacción del artículo 1. Ambos artículos tratan sobre la misma modificación de vigencia. El artículo 2 no introduce otra fecha, sino que formula expresamente la relación entre este proyecto y el artículo de la ley anterior que sería sustituido.
El artículo 3 regula un momento distinto de entrada en vigor. Dispone que la ley que resulte de este proyecto comience a regir al día siguiente de su promulgación en Gaceta Oficial. Esta regla se refiere a la vigencia de la modificación propuesta, mientras que la fecha incluida en el nuevo artículo 5 corresponde a la vigencia de la Ley 473 de 2025. El proyecto contiene, por tanto, una cláusula para la entrada en vigor de la ley modificadora y una nueva cláusula de vigencia para la ley modificada.
Por su materia, el contenido se relaciona con las entidades públicas encargadas de la promulgación en Gaceta Oficial y con las que intervienen en la protección al consumidor y la defensa de la competencia. Podría interesar a consumidores, proveedores y demás participantes de los mercados sujetos a la LEY 45 DE 2007, así como a quienes deban aplicar o cumplir las modificaciones contenidas en la Ley 473 de 2025.
Qué propone.
- La entrada en vigor de la Ley 473 de 2025.
- La modificación de su artículo 5.
- La entrada en vigor de la ley propuesta.
A quién afectaría.
- Quienes deban aplicar o cumplir la Ley 473 de 2025.
- Consumidores y proveedores vinculados con la materia de protección al consumidor y defensa de la competencia.
Puntos clave.
- Propone sustituir el artículo 5 de la Ley 473 de 2025.Art. 1
- La nueva redacción del artículo 5 fija el comienzo de vigencia en la fecha escrita como «el! de julio de 2027».Art. 1
- Identifica expresamente el artículo 5 de la Ley 473 de 2025 como la disposición modificada.Art. 2
- Dispone que la ley propuesta entre en vigor al día siguiente de su promulgación en Gaceta Oficial.Art. 3
- Establece una regla de vigencia para la ley modificadora y otra para la Ley 473 de 2025.Arts. 1-3