Resumen.
El proyecto reconoce el Festival Folklórico Nacional del Toro Galán de La Chorrera, que se realizaría anualmente en septiembre con motivo del aniversario del distrito de La Chorrera, en la provincia Panamá Oeste. Lo orienta a conservar y divulgar las tradiciones folklóricas del distrito, fortalecer expresiones dancísticas nacionales con proyección internacional y enaltecer el legado autoral y docente de Candelaria Carrasco, conocida como «Mami» Chacón. Entre sus objetivos incluye la participación de agrupaciones y portadores de tradición, el acceso del público a actividades culturales, la enseñanza del folklore mediante presentaciones, charlas, talleres, cursos, simposios y foros, y la protección de espacios naturales y lugares vinculados con la memoria colectiva. También contempla el turismo, la convivencia familiar y la actividad de emprendedores, artesanos, productores y artistas locales.
La Fundación para el Desarrollo de la Cultura Vernacular de La Chorrera continuaría a cargo de la organización. La Fundación para el Desarrollo de la Cultura Vernacular de la Chorrera tendría que cuidar los bienes bajo su administración, desarrollar actividades conforme a las políticas del Ministerio de Cultura de Panamá, someterle su plan de trabajo y gestión para revisión y aprobación, facilitar la supervisión de los recursos y publicar el calendario y la información sobre su utilización. El patrimonio destinado al festival podría recibir bienes, herencias, legados, donaciones, aportes estatales y privados, ingresos de actividades y rendimientos de sus recursos. El proyecto incorpora el Convivio Nacional e Internacional de Diablos y Toros «Mami Chacón» como intercambio cultural. La fundación podría solicitar instalaciones del Ministerio de Educación de Panamá y del Instituto Panameño de Deportes en el distrito de La Chorrera para alojar temporalmente a participantes, siguiendo los procedimientos administrativos correspondientes.
El Ministerio de Cultura y la Autoridad de Turismo de Panamá incluirían la promoción del festival en sus planes culturales y turísticos y gestionarían intercambios con agrupaciones nacionales e internacionales. El festival recibiría apoyo de autoridades nacionales, municipales y locales, de seguridad pública, del sector privado y de la comunidad. El Ministerio de Cultura destinaría anualmente treinta mil balboas (B/. 30,000) a su celebración, y la Autoridad de Turismo de Panamá asignaría una partida anual para promoción turística; ambas tendrían uso exclusivo. Las partidas se incluirían en el presupuesto del año siguiente a la promulgación. La fundación rendiría cuentas de los recursos públicos y privados, enviaría a la Contraloría General de la República de Panamá un informe anual dentro de los dos meses posteriores al festival y presentaría otro informe ante el Concejo Municipal de La Chorrera en un plazo no mayor de dos meses. La Contraloría podría practicar auditorías, inspecciones y arqueos con o sin aviso. La ley propuesta comenzaría a regir al día siguiente de su promulgación.
El contenido relaciona a las instituciones culturales, turísticas, educativas, deportivas, municipales y de control mencionadas, y podría interesar a agrupaciones folklóricas, estudiantes, investigadores, artistas, artesanos, productores, emprendedores y empresas turísticas de la región.
Qué propone.
- Reconocimiento y objetivos del festival folklórico.
- Organización, actividades y uso de instalaciones para el festival.
- Financiamiento, promoción, rendición de cuentas y fiscalización.
A quién afectaría.
- Fundación organizadora del festival.
- Ministerio de Cultura y Autoridad de Turismo de Panamá.
- Entidades públicas que faciliten instalaciones o fiscalicen recursos.
- Agrupaciones y participantes del festival.
Puntos clave.
- Reconoce el festival como evento anual de septiembre dedicado a las tradiciones de La Chorrera y al legado de «Mami» Chacón.Art. 1
- Fija objetivos culturales, educativos, turísticos, comunitarios y de protección de espacios vinculados con la memoria colectiva.Art. 2
- Mantiene a la fundación como organizadora y le exige administrar bienes, presentar un plan de trabajo, facilitar controles y publicar información.Arts. 3-4
- Enumera las fuentes posibles del patrimonio destinado al festival e incorpora el Convivio Nacional e Internacional de Diablos y Toros «Mami Chacón».Arts. 5-6
- Permite solicitar instalaciones educativas y deportivas para alojamiento temporal y dispone la promoción institucional y el apoyo al festival.Arts. 7-9
- Prevé una asignación anual de treinta mil balboas (B/. 30,000) para la celebración y otra partida anual para promoción turística, con inclusión presupuestaria posterior a la promulgación.Arts. 10-12
- Exige informes sobre actividades y recursos, reserva estos para los fines del festival y atribuye a la Contraloría su fiscalización.Arts. 13-14
- Dispone que la ley propuesta comience a regir al día siguiente de su promulgación.Art. 15