Anteproyecto de Ley 88.

Retirado por proponente

Que se declara el reggae en español originado en la república de panamá entre las décadas de 1970 y 1990, como patrimonio cultural inmaterial de la nación panameña.

  • TipoAnteproyecto de ley
  • 88
  • Presentación29 de julio de 2026

Resumen.

El anteproyecto declara patrimonio cultural inmaterial de la Nación panameña al reggae en español originado en la República de Panamá entre las décadas de 1970 y 1990. Vincula esa declaración con el valor histórico, identitario y social del género. Su finalidad comprende la protección y salvaguarda de la expresión musical, su investigación y difusión, el fomento de la participación comunitaria y la preservación de la memoria histórica. También comprende acciones para conservar y garantizar la transmisión intergeneracional de sus conocimientos, técnicas, manifestaciones y precursores.

El Ministerio de Cultura inscribiría el reggae en español en el Registro del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación después de levantar un inventario sonoro, audiovisual y documental del reggae en español panameño. Ese inventario serviría para recopilar, digitalizar, catalogar y conservar grabaciones originales, entrevistas, fotografías y otros materiales relacionados con el género y sus precursores. La recuperación daría prioridad a las fuentes en riesgo de deterioro. La inscripción quedaría así vinculada al trabajo previo de identificación y conservación de los materiales que documentan esta expresión musical.

El texto establece el Festival del Reggae en Español de Panamá como evento de carácter internacional que se celebraría en el mes de enero de cada año. El festival tendría por finalidad preservar, conservar, proteger, difundir y fortalecer las expresiones musicales del reggae en español. Asimismo, exaltaría el género y a los artistas, compositores, productores e intérpretes panameños que contribuyeron de manera acreditada a su creación, promoción y difusión inicial. La celebración anual funcionaría como espacio para presentar esas expresiones y reconocer a quienes participaron en su desarrollo temprano.

El Ministerio de Cultura organizaría el festival y las actividades culturales, musicales y de difusión en coordinación con el Ministerio de Turismo, gobiernos locales, otras entidades de los sectores público y privado, asociaciones de músicos y cantautores, personas vinculadas culturalmente al género y demás portadores. Las actividades destacarían su origen panameño, su historia, su influencia global y a sus músicos, autores y otros precursores. También promoverían la «Ruta del reggae en español», integrada por barrios, lugares y espacios físicos emblemáticos del país donde se originó el género, junto con el turismo cultural.

El anteproyecto dispone que la ley comenzaría a regir a partir de su promulgación. Por su contenido, se relaciona con el Ministerio de Cultura, el Ministerio de Turismo, los gobiernos locales y el Registro del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación. Podría interesar o afectar a artistas, compositores, productores, intérpretes, asociaciones musicales, portadores del género, comunidades de los lugares vinculados a su origen y actividades de turismo cultural en Panamá.

Qué propone.

  • Declaración del reggae en español como patrimonio cultural inmaterial.
  • Inventario, conservación e inscripción de materiales vinculados al género.
  • Celebración y organización del Festival del Reggae en Español de Panamá.
  • Promoción de la Ruta del reggae en español y del turismo cultural.

A quién afectaría.

  • Ministerio de Cultura y Ministerio de Turismo.
  • Gobiernos locales y entidades de los sectores público y privado que participen en la organización.
  • Artistas, compositores, productores, intérpretes, asociaciones musicales y portadores del reggae en español.

Puntos clave.

  1. Declara patrimonio cultural inmaterial de la Nación panameña al reggae en español originado en la República de Panamá entre las décadas de 1970 y 1990 y fija fines de salvaguarda y transmisión intergeneracional.Art. 1
  2. Encarga al Ministerio de Cultura inscribir el género en el Registro del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación, previo inventario sonoro, audiovisual y documental que priorice fuentes en riesgo de deterioro.Art. 2
  3. Establece el Festival del Reggae en Español de Panamá como evento internacional anual en el mes de enero para difundir el género y exaltar a sus precursores panameños.Art. 3
  4. Dispone la organización coordinada del festival y la promoción de la Ruta del reggae en español y del turismo cultural.Art. 4
  5. Fija la promulgación como momento de entrada en vigor de la ley propuesta.Art. 5