Proyecto de Ley 700.

Enviado al Ejecutivo

Que establece la configuración de los circuitos electorales para la elección de diputados de la asamblea nacional

  • TipoProyecto de ley
  • 700
  • Presentación31 de agosto de 2026

Resumen.

El proyecto establece cuarenta y un circuitos electorales para la elección de diputados a la ASAMBLEA NACIONAL. Para cada circuito señala su territorio, población de electores y número de diputados. En la Provincia de Bocas del Toro configura dos circuitos: Changuinola elige un diputado, y Bocas del Toro, Chiriquí Grande, Almirante y Naso Tjer Di integran otro que también elige uno. En la Provincia de Coclé dispone cuatro: Penonomé elige dos diputados; Antón, uno; La Pintada, Natá y Olá, uno; y Aguadulce, uno.

En la Provincia de Colón, el distrito de Colón elige cuatro diputados, mientras Chagres, Donoso, Portobelo, Santa Isabel y Ornar Torrijos Herrera eligen uno. La Provincia de Chiriquí comprende siete circuitos: David elige tres; Barú y Bugaba, uno cada uno; Alanje y Boquerón, uno; Renacimiento y Tierras Altas, uno; Boquete, Dolega y Gualaca, uno; y Remedios, San Lorenzo, Tolé y San Félix, uno. En la Provincia de Darién, Chepigana, Santa Fe y Sambú forman un circuito, y Pinogana y Cémaco otro; cada uno elige un diputado.

La Provincia de Herrera se organiza en Chitré; Los Pozos, Parita y Pesé; y Ocú, Las Minas y Santa María, con un diputado por circuito. En Los Santos, Las Tablas, Pocrí, Pedasí y Guararé eligen uno; Los Santos, Macaracas y Tonosí, otro. En Panamá, Balboa, Chepo, Chimán y Taboga eligen uno, y San Miguelito, seis. San Felipe, El Chorrillo, Santa Ana, Calidonia, Curundú, Ancón, Bella Vista, Betania y Pueblo Nuevo eligen cuatro; Río Abajo, San Francisco, Parque Lefevre, Juan Díaz y Don Bosco, cuatro; Chilibre, Las Cumbres, Alcalde Díaz, Ernesto Córdoba C. y Caimitillo, tres; y Pedregal, Pacora, San Martín, Tocumen, Las Mañanitas, 24 de Diciembre y Las Garzas, cinco.

En Veraguas, Santiago elige dos diputados. La Mesa, Soná y Las Palmas; Cañazas, Calobre, Santa Fe y San Francisco; y Atalaya, Montijo, Río de Jesús y Mariato eligen uno por circuito. En la Comarca Gunayala (Kuna Yala), un circuito reúne Narganá, los poblados Airdirgandí, Irgandí, Playón Chico, Playón Grande y San Ignacio de Tupile de Ailigandí, y Guna de Madungandi; el otro comprende el resto de Ailigandí, Tubualá, Puerto Obaldía y Guna de Wargandi. Cada uno elige un diputado. En la Comarca Ngabe-Buglé, Kankintú, Kusapín, Jirondai y Santa Catalina; Besiko, Mirono y Nole Duima; y Müna y Ñürün eligen uno por circuito. En Panamá Oeste, Arraiján y La Chorrera eligen cuatro cada uno; Capira, uno; y Chame y San Carlos, uno.

El Anexo A forma parte de la ley propuesta y detalla la delimitación y composición de los circuitos. El proyecto deroga la Ley 299 de 5 de mayo de 2022 y dispone su vigencia desde la promulgación. Su contenido se relaciona con la ASAMBLEA NACIONAL, la organización electoral y los electores de las provincias y comarcas mencionadas.

Qué propone.

  • Configuración territorial de los circuitos electorales para diputados.
  • Población electoral y número de diputados por circuito.
  • Delimitación y composición de los circuitos en el Anexo A.

A quién afectaría.

  • Electores de los circuitos descritos.
  • Candidatos a diputados de la ASAMBLEA NACIONAL.
  • Autoridades encargadas de organizar la elección de diputados.

Puntos clave.

  1. Configura cuarenta y un circuitos electorales y asigna a cada uno territorio, población de electores y diputados por elegir.Art. 2
  2. Organiza los circuitos de Bocas del Toro, Coclé, Colón, Chiriquí y Darién por distritos y comarcas comprendidos.Art. 2
  3. Distribuye los circuitos de Herrera, Los Santos y Panamá, incluidos circuitos formados por corregimientos panameños.Art. 2
  4. Delimita circuitos en Veraguas, Comarca Gunayala, Comarca Ngabe-Buglé y Panamá Oeste.Art. 2
  5. Incorpora el Anexo A como parte integral de la ley propuesta para detallar la delimitación y composición de los circuitos.Art. 3
  6. Deroga la Ley 299 de 5 de mayo de 2022.Art. 4