Anteproyecto de Ley 171.

Pendiente de prohijar

Que regula el procedimiento especial de adjudicación de tierras que pertenecieron al sector bananero del área de barú.

  • TipoAnteproyecto de ley
  • 171
  • Presentación7 de septiembre de 2026

Resumen.

El anteproyecto establece un marco para adjudicar gratuitamente los lotes donde se ubican las viviendas de trabajadores de la antigua zona bananera en el corregimiento Rodolfo Aguilar y Puerto Armuelles, dentro del distrito de Barú. La adjudicación se plantea como un procedimiento especial para que quienes ocupan esas viviendas puedan solicitar los terrenos en los que se encuentran. Su ámbito territorial y material queda vinculado a los lotes de la zona bananera y a las viviendas situadas en ellos, según el objeto definido en el primer artículo.

El texto comprende a las personas naturales o jurídicas que ocupen viviendas pertenecientes a la nación que estuvieron ocupadas por Chiriquí Land Company y, posteriormente, por la Cooperativa Coosemupar, en el distrito de Barú, provincia de Chiriquí. Les reconoce el uso, goce y plena disposición de la propiedad, sujetos a las limitaciones derivadas de la función social de la tierra. Dispone que los globos de terreno solicitados y poseídos se adjudiquen por una vía especial y expedita, con la protección del Estado y con sujeción a las disposiciones constitucionales y legales vigentes. La Autoridad Nacional de Administración de Tierras y el Ministerio de Economía y Finanzas realizarían todos los trámites de adjudicación mediante ese procedimiento.

Para solicitar la adjudicación como propiedad privada del lote, las personas deben permanecer residiendo en las antiguas viviendas de Chiriquí Land Company y haber estado en posesión durante un tiempo mínimo de 5 años. Las personas naturales o jurídicas que posean las tierras comprendidas en la propuesta tendrían que presentar sus solicitudes dentro de los dos primeros años después de la promulgación. Así, el texto vincula la solicitud tanto a la residencia en las antiguas viviendas y al tiempo de posesión como al plazo establecido para iniciar el trámite.

Antes de la entrega, el anteproyecto prevé una consulta y un inventario de las viviendas. La Autoridad Nacional de Administración de Tierras y el Ministerio de Economía Y Finanzas entregarían gratuitamente los terrenos, en un tiempo máximo de dos años siguiente a la solicitud, a las personas que hayan cumplido los trámites correspondientes para su titulación. El Órgano Ejecutivo reglamentaría la ley propuesta, que comenzaría a regir a partir de su promulgación.

Las entidades públicas relacionadas con el procedimiento son la Autoridad Nacional de Administración de Tierras, el Ministerio de Economía y Finanzas y el Órgano Ejecutivo. Por su materia, el anteproyecto podría interesar o afectar a residentes de las antiguas viviendas bananeras, titulares de solicitudes de adjudicación, al sector inmobiliario y a las actividades vinculadas con la tenencia y titulación de tierras en la provincia de Chiriquí.

Qué propone.

  • Adjudicación gratuita de lotes de antiguas viviendas bananeras.
  • Procedimiento especial de titulación de tierras ocupadas.
  • Plazos de solicitud y entrega de terrenos.

A quién afectaría.

  • Personas naturales o jurídicas que ocupen las viviendas comprendidas en el anteproyecto.
  • Residentes de antiguas viviendas de Chiriquí Land Company con posesión mínima de 5 años.
  • Autoridades encargadas de tramitar y entregar las adjudicaciones.

Puntos clave.

  1. Propone adjudicar gratuitamente los lotes donde se ubican viviendas de trabajadores de la zona bananera en el corregimiento Rodolfo Aguilar y Puerto Armuelles.Art. 1
  2. Comprende a ocupantes de viviendas pertenecientes a la nación que estuvieron ocupadas por Chiriquí Land Company y luego por la Cooperativa Coosemupar.Art. 2
  3. Prevé el uso, goce y disposición de la propiedad con las limitaciones de la función social de la tierra y la adjudicación mediante un procedimiento especial y expedito.Art. 2
  4. Encarga los trámites de adjudicación a la Autoridad Nacional de Administración de Tierras y al Ministerio de Economía y Finanzas.Art. 2
  5. Exige residencia en las antiguas viviendas de Chiriquí Land Company y posesión durante un tiempo mínimo de 5 años para solicitar el lote como propiedad privada.Art. 3
  6. Fija los dos primeros años después de la promulgación para presentar las solicitudes de adjudicación.Art. 4
  7. Prevé consulta e inventario de las viviendas y entrega gratuita en un tiempo máximo de dos años siguiente a la solicitud para quienes cumplan los trámites de titulación.Art. 5
  8. Encarga la reglamentación al Órgano Ejecutivo y dispone la entrada en vigor desde la promulgación.Arts. 6-7