Resumen.
El proyecto establece un proceso sucesorio simplificado ante notario público, en desarrollo del artículo 703 de la Ley 402 de 8 de agosto de 2023, que adopta el Código Procesal Civil, y en concordancia con el Código Civil sobre sucesión testamentaria e intestada. Las herencias podrían tramitarse ante notario cuando todos los herederos sean mayores de edad y no haya controversia entre ellos, o cuando el causante haya dejado testamento y todos los herederos estén de acuerdo con su contenido. La ley tendría carácter de legislación especial notarial para trámites sucesorios sin controversia. La exposición de motivos señala como fines descongestionar los tribunales y reducir los costos y tiempos del proceso sucesorio judicial.